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Política

La Audiencia condena a la tuitera Cassandra por "desacreditar" a Carrero Blanco

La tuitera Cassandra.
La tuitera Cassandra. | EFE
Margarita Batallas @margabatallas
29 / 03 / 2017 - 14: 59
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La Audiencia Nacional ha condenado a un año de prisión a la tuitera Cassandra por los 12 tuits que publicó entre el 2013 y el 2016 sobre Carrero Blanco asesinado por ETA en 1973. Los jueces han sido implacables con la actuación de Cassandra al entender que dejar sin castigo sus comentarios provocaría "una situación injusta", ya que "la lacra del terrorismo persiste" y sus víctimas "merecen respeto y consideración".

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La sentencia explica que Cassandra, nacida como Ramón Vera, creó una cuenta en Twitter en el 2010, pero solo analizan los comentarios que publicó desde el 2013 cuando alcanzó la mayoría de edad. En tres años colgó 12 tuits entre ellos: "ETA impulsó una política contra los coches oficiales combinada con una programa especial" o "¿Carrero Blanco también regresó al futuro con su coche?"

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Discurso de odio

Estos comentarios han sido tipificados por el tribunal como un delito de humillación a las víctimas pues han fomentado "el discurso del odio". Los jueces, además, rechazan la versión exculpatoria de Cassandra en el sentido de que borró sus tuits porque "no ha aportado los pormenores y las circunstancias temporales" de esta eliminación.

Por el contrario, los magistrados consideran que sus tuits "refuerzan su carácter de descrédito, burla y mofa" a una víctima del terrorismo, por más que hayan transcurrido más de 40 años del atentado "sufrido por el entonces presidente del Gobierno del régimen franquista".

El tribunal sostiene que este tiempo "no lo podemos considerar histórico o neutro puesto que las víctimas del terrorismo constituyen una realidad incuestionable que merecen respeto y consideración con independencia del momento en que se perpetró el sangriento atentado".

Fotos con la bandera de ETA

Los magistrados tienen en cuenta que en el teléfono de Cassandra aparece una fotografía con "personas que portaban una bandera con el anagrama de ETA". También subrayan que en sus mensajes no "denigra" ala organización criminal y en dos de ellos incorpora "imágenes del terrorismo practicado por la banda criminal".

Asimismo, los magistrados enfatizan la formación universitaria de la tuitera por lo que está en posesión de "un grado de conocimiento y percepción de las cosas que convierte en inimaginable que no sepa que la conducta que se le atribuye es penalmente reprochable". Y es que los jueces afirman que "la reiterada conducta" de Cassandra "es percibida por cualquier ciudadano como palmariamente ilícita por delictiva".

La Audiencia Nacional no ha aceptado ningún alegato de la defensa de Cassandra ni siquiera aplicarle la eximente de "sufrir alteraciones en la percepción desde el nacimiento o desde la infancia que implique una grave alteración de la conciencia de la realidad". Por el contrario, los magistrados aceptan la pena solicitada por el fiscal de un año de cárcel y siete de inhabilitación, pero se niegan a imponerle una medida de libertad vigilada.

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