El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata mantiene en prisión a Jordi Pujol Ferrusola al considerar que a lo largo de la causa se multiplican los elementos para considerar que el investigado "ha venido realizando un progresivo proceso de ocultación de información y evidencias y de descapitalización de todos los activos patrimoniales y financieros que se le podían atribuir”. La medida será ahora revisada por la sala penal de la Audiencia Nacional.

En un auto, el magistrado rechaza el recurso de reforma presentado por la defensa de Pujol Ferrusola en el que solicitaba la revocación de la medida de prisión acordada el pasado 25 de abril.

Acuerdos con socios

De la Mata indica que en este momento persisten los motivos por los que se acordó la prisión como son la existencia de patrones de comportamiento, pautas de actuación, instrumentos y herramientas empleados para generar, ocultar y blanquear activos.

Además, el juez considera que existen una serie de circunstancias que ponen de relieve que, tanto a lo largo de la causa como, en particular, durante el último año, el primogénito de los Pujol ha realizado toda clase de actividades y ha alcanzado acuerdos con socios, amigos y testaferros para “ocultar bienes y ponerlos fuera del alcance de los tribunales y para dificultar el acceso a las fuentes de prueba”.

De la Mata sostiene que "en este caso no sólo se ha actualizado este peligro" de obstruir la investigación "en actividades concretas y específicas de ocultación, sino que se ha mostrado una alta capacidad de interlocución en distintas jurisdicciones y con diferentes personas para continuar moldeando, reconstruyendo y acondicionando las distintas operaciones efectuadas a lo largo del tiempo, con el objetivo, por un lado, de hacer inaccesibles los bienes y, por otro, para impedir o al menos obstaculizar el acceso a las evidencias”.

Los hechos objeto de investigación no se circunscriben, en su calificación jurídica, afirma el juez, a delitos de blanqueo de capitales, como sostiene Pujol Jr. sino que también se subsumen en posibles delitos contra la Hacienda Pública, delitos de falsedad en documento mercantil y, como se viene apuntando en reiteradas resoluciones, de organización criminal, sin perjuicio de ulterior calificación, puntualiza el magistrado.