La investidura telemática de Carles Puigdemont es el tema estrella en el debate sobre el desafío independentista. El ex presidente de la Generalitat pretende recuperar su cargo sin asistir presencialmente al pleno de investidura, bien sea por persona interpuesta o realizando su intervención por videoconferencia. ERC condiciona su apoyo a esta medida a la opinión de los letrados del Parlament. Pero los expertos lo tienen claro: pese a no existir prohibición específica, ni el reglamento de la cámara catalana ni los usos parlamentarios prevén investir a un candidato sin que esté presente. Una decisión así podría acabar tumbada en el Tribunal Constitucional. Sin embargo, la última palabra acabará recayendo en la interpretación más o menos elástica que haga la Mesa, que como en la legislatura anterior estará dominada por una mayoría independentista.

La polémica bien podría no existir. El texto original del 155 aprobado el 21 de octubre en el Consejo de Ministros contaba con dos párrafos que habrían evitado siquiera fantasear con la idea. Concretamente, los párrafos segundo y tercero del apartado D.4 del texto acordado por el Ejecutivo, que asegura genéricamente que el Parlamento de Cataluña "seguirá ejerciendo su potestad legislativa y de organización propia, si bien no podrá tramitar iniciativas que resulten contrarias a las presentes medidas, ni a su presupuesto, objeto y finalidad".

El texto original del 155 permitía al Gobierno vetar la tramitación de las resoluciones del Parlament o las reformas de su reglamento

El texto original desarrollaba cómo hacerlo: "Para garantizar que no se produce dicha discrepancia, una vez presentadas proposiciones de ley, propuestas de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña, propuestas de reforma del Reglamento del Parlamento de Cataluña, enmiendas a las iniciativas legislativas y propuestas de resoluciones de carácter general o disposiciones normativas sin fuerza de ley, la Mesa del Parlamento ordenará su remisión a la autoridad que se designe a tal efecto por el Gobierno de la Nación, para que ésta manifieste, en el plazo de 30 días, su conformidad o no a la tramitación si incluyera disposiciones que resulten contrarias a las presentes medidas, ni a su presupuesto, objeto y finalidad".

Es decir, que en el caso de que la Mesa y el Parlament hubieran ideado una reforma del Reglamento que explicitase la posibilidad de votar o ser investido a distancia en el pleno de investidura, su aprobación habría dependido directamente de Mariano Rajoy, o de la autoridad designada por él. No es complicado imaginar que la aventura de la investidura telemática habría muerto en ese preciso instante. El tercer párrafo añadía además que las iniciativas y enmiendas contrarias al 155 tampoco podrían comenzar a debatirse sin la autorización de este cargo designado por el Gobierno de la Nación.

Esta medida de control sobre el Parlament desapareció del texto final tras una enmienda de Coalición Canaria y la Agrupación Herreña Independiente

Ambos párrafos fueron cercenados del texto final aprobado por el Senado el 27 de octubre. Y el responsable de ello no fue ni el PSOE, ni Ciudadanos ni los partidos nacionalistas catalanes. Fue Coalición Canaria, cuyos dos únicos senadores en la Cámara presentaron un voto particular destinado precisamente a suprimir esa parte del texto y relajar el control del Gobierno sobre el intervenido Parlament "por ser contrario a la Constitución".

Voto particular de los senadores de Coalición Canaria que elimina los párrafos de control sobre el Parlament.

Voto particular de los senadores de Coalición Canaria que elimina los párrafos de control sobre el Parlament.

El PP aceptó incluir esta enmienda en el texto votado y aprobado, pese a no necesitar aritméticamente los votos de los senadores canarios Pablo Rodríguez (Agrupación Herreña Independiente) y María del Mar Julios (Coalición Canaria, senadora por designación autonómica).

Cabe destacar que ambos forman grupo parlamentario en el Senado junto a los representantes del PDeCat para evitar quedar relegados al Grupo Mixto, integrado por Ciudadanos, Compromís, Foro, Bildu, UPN, Nueva Canarias y la Agrupación Socialista de la Gomera. Es por ello que el voto particular canario aparece registrado y avalado por el nacionalista catalán Josep Lluís Cleries.

El 155 pasó el filtro del Senado con 214 votos a favor (PP, PSOE, Ciudadanos, UPN, Foro y Coalición Canaria), 47 en contra (Podemos, ERC, PdeCat, PNV y Bildu) y la abstención de Nueva Canarias. Los socialistas José Montilla, ex presidente de la Generalitat, y el balear Francesc Antich, se ausentaron de la votación.

Texto final sobre la aplicación del 155 aprobado por el Senado.

Texto final sobre la aplicación del 155 aprobado por el Senado.

Pese a que el PP cuenta con mayoría absoluta en el Senado y no necesitaba apoyos, Rajoy trató de buscar un consenso lo más general posible para respaldar una decisión de amplio calado como la aplicación del artículo 155 de la Constitución.

Y el apoyo de Coalición Canaria, pese a ser irrelevante en el Senado, sí es valioso en el Congreso, donde las mayorías y la aprobación de proyectos clave como los Presupuestos cuelgan mucho más habitualmente de un hilo que puede quedar en manos de la diputada Ana Oramas, célebre por sus encontronazos con Pablo Iglesias desde la tribuna de oradores.