Los letrados del Parlament de Cataluña han emitido este lunes un informe, elaborado a petición del Grupo Parlamentario Socialista, en el que rechazan tanto la investidura a distancia de Carles Puigdemont como la posibilidad de que los diputados que permanecen en prisión preventiva o huidos en Bruselas puedan delegar su voto. Los expertos jurídicos de la Cámara consideran que no se puede interpretar el reglamento de manera que permita estas situaciones, y se muestran especialmente duros con el auto del Tribunal Supremo en el que el juez Llarena pedía a la Mesa del Parlament que autorizase el voto delegado de Oriol Junqueras, Joaquim Forn y Jordi Sánchez alegando su "incapacidad legal prolongada".

El informe de los letrados recuerda y subraya que la "incapacidad legal" no figura entre los motivos que permiten la delegación del voto, y que, aunque pudiera incluirse en una futura reforma del reglamento, no es válida su interpretación en el actual marco. Por tanto, recomiendan a la Mesa de Edad que dirigirá el funcionamiento del pleno de constitución de la cámara que no permita el voto delegado. Y a la futura Mesa del Parlament, que tampoco permita la investidura de Carles Puigdemont sin que el líder de Junts per Catalunya esté presente en la Cámara. Ni por Skype, ni por persona interpuesta.

Joan Ridao fue secretario general de ERC entre 2008 y 2011 y portavoz del partido en el Congreso de los Diputados

Una de las curiosidades del duro informe de los letrados está en sus firmantes. Y entre ellos figura Joan Ridao, secretario general de Esquerra Republicana de Catalunya entre 2008 y 2011 y portavoz del grupo de ERC en el Congreso de los Diputados durante ese mismo período. Tras dejar la secretaría general del partido fue sustituido por Marta Rovira. Jurista y politólogo de formación, Joan Ridao se incorporó al cuerpo de letrados del Parlament en noviembre del año 2016.

Ridao, que se identifica como "profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Barcelona", es especialmente activo en sus redes sociales. Y durante los últimos días ya había hecho pública su discrepancia con el auto del juez Pablo Llarena que pedía a la Mesa del Parlament que autorizase el voto delegado de los diputados en prisión preventiva alegando su "incapacidad legal" prolongada. El reglamento de la Cámara sí habla de la "incapacidad prolongada" como motivo de delegación del voto, pero en un contexto de enfermedad y hospitalización, y sin el matiz "legal" al que hacía referencia el magistrado del Tribunal Supremo.

El ex secretario general de ERC ha retwitteado mensajes criticando la "innovación" de Llarena y ha sido especialmente duro al valorar su decisión sobre mantener en prisión a Oriol Junqueras. "Ninguna valoración jurídica sobre el auto del TS en el caso Junqueras. No es Derecho. Es política, venganza, fanatismo, realismo mágico...", escribió Joan Ridao el pasado 5 de enero.

https://twitter.com/Joanridao/status/949285179067125760

De la misma manera, ha sido muy crítico con la necesidad de que los responsables políticos del procés renieguen de todo lo hecho hasta ahora para conseguir salir de prisión. "Hoy en día el riesgo de reiteración delictiva es directamente proporcional al grado de genuflexión constitucional y de abjuración independentista", valoró en este sentido en el mes de diciembre. Ridao, además, fue el letrado encargado de redactar el recurso de inconstitucionalidad del Parlament ante el Tribunal Constitucional por la aplicación del artículo 155.

La postura de ERC

La presencia de Joan Ridao entre los firmantes del informe emitido por los letrados del Parlament es importante para valorar la actitud futura de ERC, que ha adelantado en numerosas ocasiones que someterá su posición final respecto a la investidura telemática a los informes de sus expertos jurídicos y de los letrados del Parlament.

Respecto a la investidura a distancia de Carles Puigdemont, que en ERC no se ve con buenos ojos, los letrados recuerdan que un pleno de investidura no se trata de la mera "ratificación" o "confirmación" de un cargo, sino que se trata de un debate pensado para "convencer" o "intentar convencer" en el que el procedimiento elegido "no es sólo forma, sino también contenido".

Este carácter, según el informe de los letrados firmado por el propio Ridao, "hace imprescindible no solo la asistencia de los protagonistas en el debate, sino también el cumplimiento de aquello que caracteriza al debate parlamentario, es decir, la oralidad, la contradicción directa y la garantía del principio de inmediatez para que todos los actores puedan ver, sentir y entender en persona el desarrollo del debate". "Todo esto sin ningún medio interpuesto ni sustitución de la persona que ha deser el principal protagonista de acuerdo con la ley y el reglamento", subrayan.