Política

Los supuestos delitos de Casado le podrían costar hasta siete años de inhabilitación

En el momento de los hechos Casado no era funcionario público de manera que los tribunales podrán imponer la pena inferior, en este caso entre 3,5 y 7 años, según señala el artículo 65.3 del Código Penal

El presidente del PP y diputado por Ávila, Pablo Casado, durante su comparecencia hoy en la sede del partido.

El presidente del PP y diputado por Ávila, Pablo Casado, durante su comparecencia hoy en la sede del partido. EFE

Los delitos de prevaricación administrativa y cohecho impropio que atribuye la jueza, Carmen Rodríguez-Medel, al presidente del PP, Pablo Casado, podrían costarle su carrera política en caso de ser condenado. Se contempla una inhabilitación para cargo público de entre tres años y medio y siete años.

En la exposición razonada, la titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid considera que "pudiera haber suficientes elementos para entender que de los hechos expuestos pudiera derivarse responsabilidad penal del aforado" ya que lo considera un "cooperador necesario" de la presunta prevaricación que atribuye al exdirector del Instituto de Derecho Público, Enrique Álvarez Conde por la "calificación arbitraria" de las otras cuatro asignaturas del líder del PP. La jueza menciona la jurisprudencia del Supremo para manifestar que calificar una asignatura sin mérito académico es un delito imputable también a quien no es funcionario público, en este caso, a los alumnos.

Para la jueza, la conducta del líder del el puede ser calificada de cooperación necesaria en el delito de prevaricación administrativa, porque se matricula en el máster y paga las tasas académicas, aporta su expediente académico íntegro, solicita el reconocimiento de créditos y acepta el título, que usa en su currículo. En cuanto al cohecho impropio, la magistrada se lo atribuye por su condición de diputado en la Asamblea de Madrid en aquellos años. En el momento de los hechos Casado no era funcionario público de manera que los tribunales podrán imponer la pena inferior, en este caso entre tres años y medio y siete años, según señala el artículo 65.3 del Código Penal.

Rodríguez-Medel descarta que se produzca un agotamiento del delito de cohecho, "como podría serlo matricular a su nombre un coche que se regala" o que fuera un regalo de cortesía. "Se trata de matricularse en un máster, pagar el importe de la matrícula, aportar el expediente académico previo y solicitar el reconocimiento de créditos, todo ello para posibilitar dar una apariencia de legitimidad a la obtención del título académico que se recibe como regalo", añade.

En su opinión, "esta participación, activa, previa y necesaria por la naturaleza del regalo vincula el cohecho a la prevaricación administrativa que supone la concesión arbitraria del título académico, conductas delictivas en concurso medial". Y aunque el delito de cohecho estaría prescrito, entiende que está en concurso medial con el de prevaricación administrativa, en cuanto que la conducta indiciariamente prevaricadora -la concesión arbitraria del título en la que Casado coopera necesariamente - es el medio utilizado para otorgar la dádiva, es decir, el máster.

Ante un concurso de delitos, el plazo de prescripción es el que corresponda al delito más grave, en este caso la prevaricación que es de 10 años, por lo que estaría dentro del plazo legal.

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