La Fiscalía del Tribunal Supremo ha pedido a la Sala de lo Penal que archive la querella que el letrado del empresario Juan Miguel Villar Mir interpuso contra el titular del Juzgado de Instrucción Número 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, instructor del caso Lezo. La defensa de Villar Mir presentó a finales del mes de septiembre una querella contra el togado por los delitos de prevaricación judicial, interceptación ilegal de las comunicaciones, retardo malicioso de la administración de Justicia y falsedad e infidelidad en la custodia de documentos. El dueño de OHL acusa al juez de haber interceptado de forma ilegal las comunicaciones con su abogado.
Según ha podido saber El Independiente, la fiscal de Sala Pilar Fernández Valcárcel remitió este miércoles al Alto Tribunal el informe donde subraya que no aprecia indicios de delito en la actuación de García Castellón. En su informe, la fiscal explica que "el magistrado instructor no acordó interceptación de las llamadas telefónicas entre letrado y cliente que declara la confidencialidad entre comunicaciones de letrado-cliente" y acusa al letrado Carlos Domínguez de tratar de generar "una apariencia confusión" en torno a la interceptación de las comunicaciones.
Ahora, será la Sala de Admisiones del Tribunal Supremo la que decida si abre un procedimiento penal o no al aforado. Antes de adoptar un fallo, los magistrados analizarán, junto al informe del fical, las actuaciones relacionadas con los ‘pinchazos telefónicos’ obrantes en la pieza de derecho de defensa del caso Lezo, así como el oficio de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil (UCO) donde se analizan las intervenciones telefónicas y el informe final de las mismas obrante en los folios 2904 a 2965 del sumario de dicha trama de corrupción.
Un informe médico falso
Desde un primero momento, el magistrado de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha argumentado que las escuchas entre letrado y el dueño de OHL estaban justificadas puesto que la Ley establece que todas las comunicaciones entre el investigado o encausado y su abogado tienen “carácter confidencial” salvo cuando “se constate la existencia de indicios objetivos de la participación del abogado en el hecho delictivo investigado o de su implicación junto con el investigado o encausado en la comisión de otra infracción penal”.
El juez del caso Lezo descubrió que, cuando se interceptaron las comunicaciones del empresario imputado (no de su abogado), la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil se encontró de forma casual con que Juan Miguel Villar Mir -en una conversación con su letrado- quería fabricar un informe médico para evitar comparecer en la Audiencia.
El instructor, al apreciar indicios de delitos en dicho comportamiento, decidió deducir testimonio y remitir dichas actuaciones a los juzgados madrileños de Plaza de Castilla ante la posible comisión de un delito de falsedad documental. No en vano la titular del Juzgado de Instrucción Número 5 de la capital, Carmen Valcarce, imputó al facultativo que fabricó el citado informe médico tomándole declaración el pasado mes de septiembre en calidad de investigado.
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