Política

Cohecho: el delito que trae de cabeza a los clientes VIP del comisario Villarejo

Castigado con hasta seis años de prisión en el Código Penal, es el delito más grave al que se enfrentan multitud de clientes del polémico comisario, entre ellos la ex cúpula del BBVA.

El comisario jubilado José Manuel Villarejo, en prisión preventiva desde noviembre de 2017.
El comisario jubilado José Manuel Villarejo, en prisión preventiva desde noviembre de 2017. | EFE

Haber contratado al comisario vinculado a las cloacas del Estado José Manuel Villarejo puede traer serios quebraderos de cabeza. Que se lo digan a la excúpula del segundo banco de España, el BBVA, a los navieros Ángel y Álvaro Pérez Maura o al bufete de abogados Herrero y Asociados. Todos ellos están imputados por delitos de cohecho por haber contratado a un funcionario público, es decir, al polémico policía para sus asuntos particulares.

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La Fiscalía Anticorrupción considera que pudieron cometer sobornos o cohechos activos cuando contrataron al agente encubierto bien para frenar que una empresa como Sacyr tomara el control del BBVA o para frustrar una extradición a Guatemala en el caso de los Pérez Maura o para hacer seguimientos a sus ex socios de despacho como ocurrió con Herrero y Asociados.

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El artículo 424 del Código Penal establece que “el particular que ofreciere o entregare dádiva o retribución de cualquier otra clase a una autoridad, funcionario público o persona que participe en el ejercicio de la función pública para que realice un acto contrario a los deberes inherentes a su cargo o un acto propio de su cargo, para que no realice o retrase el que debiera practicar, o en consideración a su cargo o función, será castigado en sus respectivos casos, con las mismas penas de prisión y multa que la autoridad, funcionario o persona corrompida”.

Nuestra legislación castiga con hasta seis años de prisión a los autores del delito de cohecho. El Código Penal sostiene que tanto los funcionarios públicos como los particulares que los corrompiesen serán castigados "a pena de prisión de tres a seis años, multa de doce a veinticuatro meses, e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a doce años".

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