El pasado tres de septiembre, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña marcó -voluntaria o involuntariamente- el curso político en Cataluña al fijar para el 25 y 25 de septiembre la vista oral del juicio al presidente de la Generalitat, Quim Torra, por un presunto delito de desobediencia al negarse a retirar los lazos amarillos de los edificios públicos de la Generalitat durante la campaña electoral de las generales, como le exigió repetidamente la Junta Electoral Central. Un juicio que Torra ha decidido convertir ahora en la punta de lanza de la respuesta independentista a la sentencia del Tribunal Supremo en el juicio del procés.

Incapaz de fijar una respuesta unitaria a la sentencia aceptada por partidos y entidades independentistas, con una Esquerra que insiste día a día -la última, Marta Rovira- en el adelanto electoral que les permita arrebatar al partido de Carles Puigdemont la corona de primera fuerza del independentismo y una Asamblea que no oculta su desprecio por la incapacidad de Torra de imponer la vía unilateral, Torra necesita dar un golpe de autoridad. Y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña parece el blanco escogido por el president para demostrar que sus convicciones indepedentistas van más allá de los discursos.

Torra ha insistido en las últimas semanas, desde que abrió el curso político en la Universidad Catalana de Verano de Prada de Conflent, en el concepto de la confrontación y la necesidad de recuperar la iniciativa. Una confrontación que él llevará al TSJC, al que amenaza con plantar el próximo 25 de septiembre, argumentando la coincidencia del juicio con el Debate de Política General que el calendario acordado por el Parlament fijó para las mismas fechas en julio, una circunstancia que el alto tribunal debería haber tenido en cuenta, a juicio de Torra.

Confrontación con la Justicia

El presidente catalán juega para ello con los argumentos políticos en público, mientras su defensa maniobra para posponer el juicio ante las instancias judiciales. "No ir sería poner de manifiesto que te has de plantar, cuando hablamos de confrontación democrática de qué hablamos, de que nos plantamos ante un Estado autoritario y represivo" advertía este domingo en una entrevista en El Punt-Avui.

Paralelamente, su abogado, Gonzalo Boye, registraba hoy la recusación del presidente del TSJC, Jesús María Barrientos, y la magistrada Mercedes de Armas, a los que considera inhabilitados para juzgar el caso de los lazos amarillos por su supuesta parcialidad. Un paso que Torra ya anunció el jueves en su conferencia en Madrid, pero que no se ha hecho efectivo este lunes, a dos días de la Diada más dividida, pese a los artículos unitarios publicados a última hora por los líderes del 1-O.

Torra alega que Barrientos no cumple con el criterio de imparcialidad por sus manifestaciones públicas "absolutamente contrapuestas" a las del president, amparándose en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), la "imparcialidad judicial se salvaguarda también a través de las apariencias" y, a su entender, la opinión de Barrientos "desbordó la esfera institucional".

Señala que el magistrado "se ha pronunciado públicamente sobre aspectos" que concernirán al juicio y "ha rechazado con especial contundencia todas las tesis acerca de la exhibición de símbolos que tienen que ver con la solidaridad y apoyo a los presos políticos así como de banderas esteladas" lo que pone en juego -asegura- "la confianza de los ciudadanos en la administración de justicia".

El escrito de recusación recoge, además, una quincena de declaraciones del presidente del TSJC en las que éste expresa su "preocupación" por el escenario político catalán a raíz del 'procés' y se muestra contrario a la presencia de lazos amarillos en espacios públicos.

Entre ellas, la defensa de Torra recuerda que en febrero de 2018 Barrientos abandonó un acto en el Colegio de Abogados de Barcelona porque el presidente del Parlamento catalán, Roger Torrent, dio un discurso en el que denunció la existencia de presos políticos.

"En este caso concreto, su opinión desbordó la esfera institucional donde se enmarcó, pues ha exhibido un posicionamiento político y personal que es absolutamente contrapuesto" al de Torra, afirma el escrito, el cual critica que "no solo se ha perdido la imparcialidad obligada sino, igualmente, la más mínima prudencia".

Aplazamiento

La recusación llega después de que la defensa de Torra reclamara un aplazamiento de la vista alegando la agenda institucional del president, especialmente el Debate en el Parlament, pese a que Torra había asegurado en público que era el TSJC el que debía reconsidarar su calendario. Tal como señaló en una declaración institucional, el president alegó ante el TSJC que el juicio se había fijado de forma "precipitada" y "acelerada" sin respetar la LeCrim.

Torra recriminaba además al tribunal que "debería haber tenido en consideración" el calendario de plenos del Parlament "a la hora de hacer este señalamiento". Y recordaba que se trata del presidente de la Generalitat, «la más alta magistratura de Cataluña, con las obligaciones que ello conlleva» y «tiene unas funciones, unas obligaciones, una agenda y, también, unas prerrogativas», llegando a argumentar que la feche escogida por el tribunal pone en riesgo la propia «separación de poderes».

Una postura que provocó el rechazo frontal de la Fiscalía. "Es cuanto menos desafortunado" advierte el fiscal superior de Cataluña, Pedro Ariche, que Torra invoque "una suerte de prerrogativas" en atención a su cargo para reclamar el aplazamiento de la vista oral. El ministerio público, por contra, reclama al TSJC que mantenga las fechas de la vista ya que la defensa de Torra no concreta «ninguna causa de 'fuerza mayor' que impida su presencia en el juzgado».

Y añade el fiscal: todo los ciudadanos que deben comparecer ante un tribunal «no se encuentran ociosos en el sofá de su casa esperando el llamamiento del tribunal, sino que suelen tener funciones, obligaciones y agenda. El tener que desplazarse a realizar trámites ante un órgano jurisdiccional genera siempre alguna incomodidad. No por ello es procedente, en una sociedad igualitaria y democrática invocar, sin mayor concreción, la existencia de eventuales privilegios», le reprocha.