La Audiencia Nacional ha rechazado poner en libertad al ex tesorero del Partido Popular, Luis Bárcenas, como solicitó su defensa en noviembre, argumentando que sigue existiendo en su caso un alto riesgo de fuga, teniendo en cuenta el "patrimonio económico oculto en el extranjero de más de cinco millones de euros" que éste tendría, según la sentencia del caso Gürtel por la que fue condenado a 33 años y cuatro meses de prisión.

El ex tesorero del PP pidió que se le dejara en libertad con medidas "menos lesivas" como "control por pulsera telemática y presentaciones en el juzgado de forma diaria que se estimen convenientes" o, en caso de que no se admitiera esta petición, se le concediera un permiso para estar en su domicilio los días 24 y 25 de diciembre, Nochebuena y Navidad.

Como razones para conseguir la libertad, su defensa argumentó el" transcurso del tiempo al haber cumplido tres años de prisión preventiva, los 190 días de comparecencias en juzgado y los siete años de retirada del pasaporte y 80 asistencias a juicio" que, según su defensa, aminoran su "riesgo de fuga".

Sin embargo, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional considera que continúa existiendo alto riesgo de fuga por su "importante patrimonio económico oculto en el extranjero, que facilitaría su sustracción a la Justicia, con el consiguiente perjuicio a esta causa y a las que aún tiene pendientes de enjuiciamiento". Además, los magistrados Fernando Andreu, Julio de Diego y María Fernanda García, afirman en el auto en el que deniegan la libertad que "el arraigo personal, familiar y social en España, aún acreditado, no se evidencia en este caso como un factor impeditivo para su huida, al ser su hiojo mayor de edad e independiente y carecer de vinculación laboral".

Juzgado de Vigilancia Penitenciaria

Según la Sala, la única circunstancia novedosa en su caso ha sido el "transcurso del tiempo, ocho meses más desde la última resolución, pero aquel no es suficiente por sí mismo para considerar eliminado el riesgo de fuga". También se refieren los magistrados a la gravedad de los hechos por los que fue condenado en la sentencia de Gürtel época I de mayo de 2018 por la que volvió a la prisión de Soto del Real y que está pendiente de casación.

En cuanto a la petición subsidiaria de salir de la cárcel por Navidad, la Sala recuerda que "carece de competencia al respecto" puesto que corresponde al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria correspondiente concedérsela. En este sentido, el ex tesorero del PP todavía tiene la posibilidad de solicitar su libertad para estar con su familia en las fechas navideñas ante este juzgado.