La Mesa del Parlament ha acordado desoir la decisión de la Junta Electoral Central y no inhabilitar a Quim Torra como diputado, tal como acordó la JEC el pasado 3 de diciembre a petición de PP, Cs y Vox. Los socialistas se han sumado esta vez, junto a los comunes, al bloque independentista integrado por JxCat, ERC y la CUP para rechazar el dictamen de la JEC.

Basándose en un informe de los letrados del Parlament, según el cual la JEC no tiene competencias para inhabilitar a ningún diputado, la Mesa ha acordado rechazar la petición de Cs y PP para hacer efectiva la inhabilitación de Torra. La Mesa ha acordado además, también con el apoyo del PSC, presentar un recurso ante el Supremo contra la decisión de la JEC, basándose en el voto particular de los miembros de la Junta que rechazaban inhabilitar a Torra.

Una posición que ha respaldado horas antes el líder del PSC, Miquel Iceta. "El criterio de los letrados es muy relevante. Yo quiero defender las instituciones catalanas y coincido bastante con lo que dicen", ha ha asegurado poco antes de la reunión de la Mesa en TV3.

Los socialistas se han escudado en el proceso que sigue el Tribunal Supremo sobre esta causa para apuntar que "lo responsable" es esperar a que concluyan los diez días que se ha dado el alto tribunal para resolver las cautelares. Un plazo que concluye el próximo martes, a las puertas del primer pleno del Parlament convocado para 2020.

"Entonces todos tendremos que reconsiderar nuestra posición" en función de la postura que adopte el Supremo, ha asegurado el secretario de la Mesa por el PSC, David Pérez. Para el portavoz del PP, Santiago Rodríguez, sin embargo, el TS ya dejó clara su posición al rechazar la vía de urgencia el pasado viernes.

"Lo relevante" de la decisión del Supremo "es la desestimación de las cautelarísimas, que son las que habrían suspendido la decisión de la JEC, al no aceptarlas la decisión de la JEC sigue siendo efectiva" ha advertido Rodríguez.

El portavoz del PP ha denunciado además que el Parlament desacredite la capacidad de la Junta Electoral para nombrar o suspender cargos electos, en contraste con la actitud del Europarlamento. "Nadie en el Parlamento Europeo pone en duda la legitimidad de JEC para inhabilitar a Junqueras, en cambio Parlament sí pone en duda decisiones de la JEC".

El PP denuncia el contraste entre el acatamiento del Parlamento Europeo a las decisiones de la JEC y la rebeldía del Parlament

En un escrito registrado este lunes, Cs defendía que la inhabilitación de Torra debía ser "automática", y se acoge a la doctrina del Tribunal Constitucional para advertir que la decisión de la JEC "no precisa de la firmeza de sentencia alguna" para hacerse efectiva. Y el PP, ha reclamado a Roger Torrent en un segundo escrito que inicie una ronda de contactos para proponer un nuevo candidato a la presidencia de la Generalitat.

Cs ha denunciado también la postura adoptada por el PSC, pero han criticado sobre todo lo que entienden que es una desobediencia del Parlament a la Junta Electoral. Una situación que ahora analiza la dirección de su grupo.

Ni diputado ni President

El recurso de Cs añade que la pérdida de la condición de diputado lleva aparejada la pérdida de la condición de Presidente de la Generalitat, en cumplimiento del artículo 67 del Estatut, y reclama al Parlament que "adopte las medidas necesarias para que cese la usurpación de las funciones" que a su juicio "lleva haciendo Quim Torra desde el 3 de enero de 2020".

Los letrados del Parlament, por contra, defienden que la inhabilitación como diputado no comporta la pérdida de la condición de presidente de la Generalitat. Un criterio que el letrado mayor, Joan Ridao, defendió en sus alegaciones ante la Junta Electoral del 30 de diciembre, pero que ahora ha cambiado para adaptarlo al defendido por el abogado defensor de Torra, Gonzalo Boye.

Los letras han emitido un informe en el que concluyen de forma unánime que la declaración de incompatibilidad de un diputado del Parlament no es competencia de una administración electoral según el Reglamento de la Cámara y la Ley Orgánica del Régimen Electoral (Loreg), por lo que rechazan la petición de la Junta Electoral Central (JEC) de retirar el acta de diputado a Quim Torra y lo avalan como presidente de la Generalitat.

"El acuerdo de la JEC del 3 de enero de 2020 incurrió en vicio de nulidad de pleno derecho", zanjan en el documento consultado por Europa Press, que destaca que las competencias de la JEC lo son en relación a los procesos electorales en curso y hasta que concluyen.

Por eso, consideran que no es posible una declaración de "inelegibilidad sobrevenida" ni tampoco es posible atribuirle a la JEC competencias implícitas para declarar situaciones de incompatibilidad, en la medida que integran el estatuto de los cargos públicos y el ordenamiento reserva esta decisión a los órganos o instituciones de que forman parte.

El Estatut, por encima de la LOREG

Los letrados señalan que el Estatut y la Ley de Presidencia de la Generalitat y del Govern, establecen como causa de cese en el cargo de presidente de la Generalitat la condena penal firme que comporte la inhabilitación y, por otra parte, el Reglamento del Parlament incluye entre las causas de pérdida de la condición de diputado, la condena a una pena de inhabilitación por una "sentencia judicial firme", algo que todavía no ha ocurrido ya que la JEC se ha adelantado al Tribunal Supremo, que todavía no ha dictado dicha sentencia.

"Hay que tener presente que, hasta el momento, el Tribunal Supremo no se ha pronunciado de manera definitiva sobre el acuerdo de la JEC ni sobre las medidas cautelares de suspensión solicitadas por el presidente de la Generalitat", subrayan y recuerdan que el Supremo ha seguido tramitando el incidente de suspensión, por lo que concluyen que la solicitud de medidas cautelares se encuentra en curso.

Tras la decisión de la JEC, el 10 de enero la Junta Electoral Provincial (JEP) de Barcelona declaró vacante el escaño del presidente, y los letrados consideran que existen "dudas fundamentadas sobre su ejecutividad" hasta que no se resuelva el recurso de protección de derechos fundamentales interpuesto por la Generalitat.