Política

La juez se opone a la Fiscalía y avala la semilibertad de Jordi Cuixart

Jordi Cuixart tras abandonar la cárcel para disfrutar de su anterior permiso penitenciario. EP

La juez de vigilancia penitenciaria ha rechazado el recurso de la Fiscalía contra la concesión de un régimen de "semilibertad" en aplicación del artículo 100.2 de reglamento penitenciario, por el que puede salir 12 horas diarias de prisión para trabajar en su empresa y realizar tareas de voluntariado. En un auto muy duro con los recursos de la Fiscalía contra los permisos a los condenados por el 1-O, la titular del juzgado de vigilancia penitenciaria n5 de Barcelona deja claro que la oposición del Ministerio Público a estos permisos no tendrá futuro en su juzgado.

El auto se ha hecho público el mismo día en que la Junta de Tratamiento de Lledoners ha acordado otorgar permisos de trabajo al amparo del 100.2 a Jordi Turull y Josep Rull, los únicos condenados por el 1-O que todavía no han disfrutado de permisos penitenciarios. Cuixart y Jordi Sánchez ha disfrutado de permisos ordinarios porque ya han cumplido una cuarta parte de la condena, mientras los otros condenados, con menos tiempo acumulado en prisión y penas más altas, han salido ya amparados en la flexibilización del régimen penitenciario que permite el 100.2. El último, Oriol Junqueras, que estrenó este martes su nuevo trabajo en la Universidad de Vic.

En el auto hecho público ayer la juez María Jesús Arnau aprueba la aplicación del 100.2 a Cuixart y solo reclama al Centro de Lledoners un informe semanal sobre la evolución del interno. Arnau pondera los informes del equipo técnico de la prisión y destaca de sus informes que en el caso de Cuixart "su grado de colaboración con los diversos profesionales y de ayuda al resto de internos es encomiable".

El grado de colaboración de Cuixart con el equipo de Lledoners "es encomiable" afirman los técnicos de la prisión

Reconoce que no ha realizado un programa específico de tratamiento para el delito de sedición, como reclama la Fiscalía. Pero concluye que esa exigencia del Ministerio Público responde en realidad a la pretensión de "modificar su pensamiento y su ideología política" porque teme la Fiscalía que "la voluntad del interno de continuar reivindicando el derecho a decidir" le lleve a la reincidencia delictiva "lo que no se fundamenta en ningún dato objetivo" según la juez.

En su auto, la magistrada se remite "expresamente" a las valoraciones "que se contienen en e auto del 11 de febrero" en el que autorizó el primer permiso de salida para Cuixart, pese a la oposición de la Fiscalía "principalmente en lo que se refiere a la situación penitenciaria del interno, sus niveles de riesgo, su actitud frente a la comisión delictiva, y su programa individual de tratamiento". De este modo recuerda a la Fiscalía que ya entonces desestimó sus argumentos dando por buenas las valoraciones del equipo de Lledoners en favor de Cuixart.

Recuerda la magistrada que "nos encontramos en la jurisdicción de vigilancia penitenciaria" y advierte que en este ámbito "no puede pretenderse que la condena penal se extienda a una condena del itinerario
penitenciario interno" evitando la obtención de permisos u otros beneficios penitenciarios. "Tales impedimentos" advierte en referencia al Ministerio Fiscal, "sin motivación suficiente, serían contrarios a nuestro ordenamiento jurídico".

"Oposición férrea" de la Fiscalía

En este contexto, se remite a la propia sentencia del procés, en la que el Tribunal Supremo desestimó la petición de la Fiscalía para que los condenados no pudieran acceder al tercer grado hasta el cumplimiento de la mitad de la sentencia. El TS "desestimó de forma expresa" la petición de la Fiscalía, añade, algo que a su juicio "pretende soslayar ahora" la Fiscalía, "manteniendo una oposición férrea a todo aquello que suponga facilitar salidas del centro penitenciario, ya sea mediante la autorización de
permisos o, como ahora, con la aplicación de un régimen flexible".

La juez añade que según el informe del jurista del Centro "el interno reconoce los hechos probados en la sentencia, asume las consecuencias de sus actos y muestra motivación para el cambio". Respecto a la afirmación de "ho tornaria a fer" la magistrada asume como buena la interpretación del psicólogo de la prisión, según el cual "el ningún momento hace referencia a un alzamiento tumultuario, sino a la voluntad de continuar reivindicando el derecho a decidir sobre la situación de Cataluña de forma pacífica y no violenta".

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