Un real decreto que entra en vigor este jueves regulará a partir de ahora la distinción de policía honorario a los ciudadanos que, sin pertenecer al Cuerpo Nacional, acrediten una "trayectoria profesional prolongada" en favor de la función que realiza el mismo. Ese reconocimiento se sustanciará con la entrega de un diploma acreditativo y un carné de identificación.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles -tras su aprobación por el Consejo de Ministros celebrado el día anterior- la norma jurídica por la que se establecen las distinciones de funcionario honorario (agentes jubilados) y miembro honorario de la Policía Nacional. El texto viene a desarrollar lo que ya preveía la Ley orgánica de régimen de personal de la Policía Nacional, en vigor desde agosto de 2015.

"Esta distinción, con una naturaleza propia, está dirigida a fortalecer estrechos lazos de apoyo a la Policía Nacional que reviertan en su prestigio y consideración por parte de la ciudadanía, premiando públicamente a las personas que hayan apoyado meritoriamente con su labor a la Policía Nacional y a lo que la misma representa", justifica.

Título acreditativo de policía nacional honorario.

El real decreto obliga a formar parte previamente de la orden al mérito policial para ser merecedor de este título honorífico pero deja margen a la discrecionalidad al establecer un criterio demasiado laxo: haberse distinguido "por los merecimientos contraídos" en favor de la labor que realiza el Cuerpo. Expresado en otras palabras, exhibir una "trayectoria profesional prolongada en beneficio de la función de la Policía Nacional", una exigencia difícil de tasar de forma inequívocamente objetiva.

La decisión de reconocer a un ciudadano con esta distinción debe partir del director general de la Policía previo informe de la Junta de Gobierno (órgano colegiado que presta asistencia y colaboración al jefe del Cuerpo en el desempeño de sus funciones). El nombramiento ha de publicarse tanto en el BOE como en la orden general de la Dirección General de la Policía, estando previsto que el otorgamiento se lleve a cabo durante un "acto solemne" que coincida preferentemente "con fechas de especial conmemoración y relevancia" para la institución.

La norma deja margen para la discrecionalidad al premiar los "merecimientos contraídos" en favor de la labor del Cuerpo

Ser miembro honorario no habilita para el ejercicio del trabajo policial y tampoco comporta beneficio económico alguno. Sí, por el contrario, brinda la posibilidad de ocupar un "lugar preferente" en los actos y ceremonias oficiales y da derecho a recibir un título acreditativo y un carné de identificación.

"El modelo tiene orientación vertical y lleva impreso centrado en la parte superior 'Policía Nacional'. Bajo esta leyenda a la izquierda e integrada en el degradado de los fondos se sitúa un espacio destinado para la fotografía. A la derecha de la misma se incluye el escudo del Cuerpo Nacional de Policía. En la parte inferior izquierda de la tarjeta incorpora entre los fondos de la bandera de España y sobre ella el escudo constitucional. Incorporan, además, un kinegrama situado sobre la parte superior derecha de la fotografía y la parte superior izquierda del escudo del Cuerpo Nacional de Policía", describe.

Distinción revocable

La norma prevé la posibilidad de que se pueda revocar la concesión de esta distinción en caso de que el titular incurra en una "conducta contraria a los principios y valores que constituyen el Código Ético de la Policía Nacional" o su forma de actuar sea "perjudicial para el prestigio" del Cuerpo, retirándosele en ese caso los distintivos identificativos y desapareciendo los derechos inherentes al nombramiento.

El real decreto también regula esta distinción honoraria para los funcionarios policiales que entiendan que han desarrollado una labor meritoria y presentan una trayectoria relevante. En este caso, se podrá solicitar en el momento de la jubilación y se exigirá haber prestado 35 años de servicios efectivos como mínimo, presentar un expediente personal sin anotaciones desfavorables pendientes de cancelar, estar en posesión de todas las condecoraciones a la dedicación al servicio policial y haber ingresado en la orden al mérito policial.