El Tribunal Supremo ha abierto una causa al diputado del PP Alberto Casero Ávila para investigar determinados acuerdos y contratos de servicios que habría realizado cuando era alcalde de Trujillo (Cáceres) sin sujetarse a los procedimientos administrativos legalmente establecidos.
En un auto, recogido por Europa Press, la Sala de lo Penal ha indicado que los hechos atribuidos a la persona aforada podrían ser constitutivos de delito, en una valoración que considera necesariamente muy provisional por el momento procesal en que se encuentra el asunto.
La decisión del Alto Tribunal tiene lugar después de que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de dicha localidad elevara la causa al Supremo al considerar que los hechos podrían constituir indiciariamente un delito continuado de prevaricación administrativa. La Fiscalía, según recoge el auto del Supremo, entiende que hay también indicios de un delito de malversación.
Los magistrados han concluido que, siendo necesaria la investigación de estas actuaciones, procede asumir la competencia y acordar la incoación del oportuno procedimiento, siendo designado instructor, conforme al turno establecido, al magistrado Andrés Palomo del Arco.
Así las cosas, el tribunal ha precisado que "en este momento procesal resulta pertinente, exclusivamente, verificar si en la exposición razonada elevada a esta Sala, de acuerdo con su contenido, se consignan hechos que, según una valoración muy provisional, pudieran ser delictivos, y si estos pudieran ser atribuidos a la persona aforada".
Los contratos bajo sospecha
En ocho folios, el tribunal ha repasado la exposición razonada del juzgado de Trujillo, que abrió diligencias previas en virtud de una denuncia de la Fiscalía relativa a determinados contratos, acuerdos o convenios concertados en 2017 y 2018 por Casero -cuando era alcalde de la localidad- con terceros.
Según la prueba documental y testifical aportada por el juzgado, existen indicios sólidos de que los citados actos de contratación se realizaron por Casero sin sujetarse al procedimiento administrativo previsto para ello, por lo que a su juicio se comprometió al pago de diversas cantidades sin comunicarlo al Ayuntamiento y sin los informes necesarios.
El juzgado señaló, a su vez, que en marzo de 2017 contrató a un psicólogo ocultándolo al Ayuntamiento, sin aportar el contrato, sin expediente de contratación, sin informe sobre la necesidad del servicio y sin aprobación del gasto.
En septiembre de 2017, firmó con el presidente de la Cámara de Comercio de Perú en España un contrato comprometiendo al Ayuntamiento al pago de 25.000 euros, sin dar cuenta a los servicios económicos y jurídicos del Ayuntamiento, sin que el acuerdo fuera aprobado previamente y sin someterlo a información pública ni publicarse en el BOE.
Ese mismo año, Casero habría acordado verbalmente aportar 18.000 euros a un evento organizado por la Asociación Cultural Bon Vivant, sin seguir procedimiento alguno y sin informar a los servicios del Ayuntamiento. En junio de 2018, firmó un contrato de patrocinio con la misma asociación comprometiéndose a la aportación de 18.000 euros, asumiendo además otros costes, sin seguir procedimiento alguno de contratación.
La exposición razonada recoge además otros dos hechos. Un contrato en 2018 con la empresa Icaro Consultores en Comunicación, SLU, para la organización de un evento por importe de 14.303 euros más IVA, sin informar a los servicios competentes y sin seguir el procedimiento adecuado. Y otro contrato, de ese mismo año, con Radio Interior SL -un contrato de servicios de comunicación y promoción de la Feria del Queso de Trujillo- en cuantía superior a 15.000 euros, acudiendo al procedimiento propio del contrato menor cuando, por la cuantía, debería ser licitado en procedimiento abierto.
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