Los socialistas confiaban en poder saborear una victoria que se daba por descontada, la de la doble sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la ley de amnistía, en respuesta a sendas cuestiones prejudiciales elevadas por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional. Pero muy poco después tropezaron con el caso Begoña Gómez. Los cinco magistrados que componen la Sección número 23 de la Audiencia Provincial de Madrid decidieron mantener el juicio por jurado popular para la mujer del presidente del Gobierno, pero no por cuatro delitos, sino por dos (malversación y tráfico de influencias), y le levantaron las medidas cautelares impuestas por el juez Juan Carlos Peinado, como la retirada del pasaporte. Ese aval a medias a la polémica instrucción de este irritó de nuevo a Gobierno y partido: se trata de una "causa política", una "persecución" hacia Gómez, a la que creen "inocente", por ser quien es. Pero también cada vez está más arraigada la sensación de que la "pasada de frenada" de la Justicia terminará por beneficiar electoralmente al PSOE. Misma percepción que defendieron el martes tras la condena a nueve años de inhabilitación, por cooperador necesario de un delito de prevaricación, del hermano del jefe del Ejecutivo, David Sánchez.
Gómez no se librará, por tanto, de verse juzgada por un tribunal compuesto por nueve ciudadanos residentes en la Comunidad de Madrid. Aunque sea por dos delitos, ya que la Sala rechaza que pueda sentarse en el banquillo por los otros dos ilícitos que sí le endosó Peinado, corrupción en los negocios y apropiación indebida. El tipo de juicio que recibirá no es un dato menor: según los últimos datos disponibles del Consejo General del Poder Judicial, de 2016, hace 10 años, el 92,34% de las sentencias de los jurados son condenatorias —193 de un total de 209 aquel año, por las solo 16 que resultaron absolutorias—.
Al poco de conocerse el auto de la Audiencia de Madrid, fuentes de la Moncloa mostraron su plena disconformidad: "Begoña Gómez es inocente. Todo el que conozca la instrucción sabe que se trata de una causa política, que tiene su origen en una denuncia falsa, basada en noticias falsas, y cuya única motivación es el acoso y la persecución a la mujer del presidente del Gobierno". Para el Ejecutivo, el solo hecho de enviarla a un juicio por jurado es "una muestra más de la intención política". Los tipos penales que se le atribuyen, malversación y tráfico de influencias, sí pueden ser llevados ante un tribunal ciudadano, pero los socialistas entienden que lo que busca es la lapidación pública de la esposa de Pedro Sánchez.
La Moncloa rebate, para empezar, que Gómez pudiera haber cometido un delito de tráfico de influencias, castigado con hasta dos años de cárcel. Los magistrados exponen que "parece perfectamente verosímil sostener [...] que la investigada logró el influjo desplegado desde su privilegiada posición de esposa del presidente del Gobierno, no solo para lograr la concesión de la cátedra [en la Universidad Complutense de Madrid], sino para hacerlo de forma casi inmediata y sin verificar un mínimo control sobre la consistencia del proyecto propuesto, y que además recayera en ella la condición de directora, pese a no ser posible", sostienen los jueces.
La Sección 23 de la Audiencia de Madrid alude incluso a la sentencia del caso Nóos, a la que condenó a Iñaki Urdangarin, el exmarido de la infanta Cristina, porque se prevalió de su relación de parentesco que por matrimonio había adquirido con la hija del entonces monarca para conseguir jugosos contratos de administraciones públicas. Pues bien, los magistrados madrileños entienden que esa conclusión puede operar en esta causa, ya que la "sola relación de parentesco" de Gómez con el presidente del Gobierno "puede comportar una presión moral eficiente a efectos de conformar el delito de tráfico de influencias". En este momento procesal, aducen, no se puede negar "con plena certeza" que, "atendido el modo y forma en que se verificó la solicitud y la inmediata concesión, se ejerció una presión moral suficiente como para mover la voluntad de la autoridad académica de la Universidad Complutense, obteniendo la decisión no solo de crear la cátedra sino de nombrarla directora". Eso le permitió "sufragar con financiación pública el proyecto de desarrollo de una herramienta digital de medición que pretendía de uso y titularidad personal o privada". Es decir, el software creado en el seno de la cátedra de la UCM.
¿Disparó sus ingresos?
A los jueces no les convence el carácter gratuito de la dirección de la cátedra al que se agarran las defensas, "lo que es formalmente cierto según ha acreditado la UCM", porque está "fuera de toda duda el beneficio que la creación de la cátedra y su nombramiento como directora (luego codirectora) le comportó: prestigio personal o reputacional de su carrera académica con acceso a múltiples recursos y eventos, relanzamiento de los propios máster insertos en la cátedra, lo que disparó sus ingresos por ese concepto de forma exponencial".
El auto admite que las cantidades son "muy moderadas" —"desde los modestos 1.050 euros del año 2014-2015 o los 750 € del año 2015/2016 a los 14.595 del año 2020/2021 o los 14.900 del año 2021/2022). Pero lo importante es, creen, el "paraguas institucional" que le confirió, que le permitió "obtener financiación y disponer de ingresos para contratar servicios técnicos especializados por importe de cientos de miles de euros, eso sí, carente de un control efectivo y sin pleno sometimiento a los procedimientos ordinarios de contratación".
La Moncloa esgrime que "no existe ninguna prueba de llamadas, presiones o gestiones para influir en adjudicaciones" al empresario Juan Carlos Barrabés, adjudicatario de contratos públicos "donde no se ha encontrado ninguna irregularidad". "Las cartas de apoyo eran similares a otras firmadas por decenas de entidades (como el Ayuntamiento de Madrid). El empresario Barrabés ya contrataba con la Administración antes de conocer a Begoña Gómez". La Sección 23, por cierto, deja fuera del procedimiento al empresario porque es prematuro sentarle en el banquillo.
La Sala colige asimismo que la mujer del presidente —y también su asesora, Cristina Álvarez— podía haber cometido un delito de malversación. El auto esgrime que aunque Gómez no sea funcionaria pública, sí asume "funciones de protección del patrimonio público" cuando se hace cargo de la codirección de la cátedra de la UCM. La Moncloa recalca que el software que se creó en esta era "una URL de una página web que nunca se finalizó, que nunca se explotó comercialmente y que estaba pensada para ser un servicio gratuito para empresas y ONG del tercer sector. No hubo beneficio económico para ninguno de los investigados y la UCM no sufrió perjuicio patrimonial". Los magistrados exponen que un software "puede ser totalmente gratuito para el usuario, pero detrás de su gratuidad siempre existen diferentes modelos de negocio o filosofías de distribución que financian su existencia, de los cuales se puede extraer un beneficio económico". Que podía haber beneficio lo demuestra, apuntan, la "importante inversión realizada por las empresas y el movimiento económico que presentó la cátedra durante el tiempo de su funcionamiento".
El auto sostiene que el software "pertenecía a la UCM por ser este uno de los objetivos de la cátedra". Existen "indicios verosímiles" de los que Gómez, como codirectora de la misma y, como tal, "con capacidad de acceder a los bienes materiales o inmateriales" generados por ella, "desvió este activo hacia su esfera de exclusiva disponibilidad". La esposa del presidente "solicitó el registro del dominio y la marca Transforma TSC, SL, empresa de su propiedad donde se alojó el software". Para los jueces, "no resulta lógico" crear una sociedad limitada "sin un fin económico".
La labor de la asesora
Desde la Moncloa insisten también en que Cristina Álvarez, la asesora de Gómez, "fue nombrada legalmente para asistir a la esposa del presidente y sus funciones incluían agenda, comunicaciones, acompañamiento y apoyo organizativo". "Una figura imprescindible que han tenido todos los cónyuges de los presidentes del Gobierno". El auto, sin embargo, señala que "existen indicios" de que el trabajo de Álvarez "excede de un apoyo institucional dado a la mujer del presidente del Gobierno" y, en este caso, la "asignación de funciones privadas" se realizó por parte de Gómez. "Los hechos no constituyen delito y la Fiscalía solicita la libre absolución", rematan desde el Ejecutivo.
Una argumentación, la del Gobierno, muy similar, lógicamente. a la manifestada por Ferraz. La dirección del PSOE habla también de una "causa política" que "se inició tras una denuncia falsa de una organización ultraderechista, para acosar y perseguir a la mujer del secretario general del PSOE y presidente del Gobierno". Para la cúpula federal, dos años después de que se iniciara la investigación, "el relato se sigue desmoronando". "De los cinco delitos iniciales ya solo quedan dos. Han caído acusaciones que durante meses ocuparon portadas, también la retirada del pasaporte, y la propia Fiscalía sigue solicitando la absolución. Mucho ruido y ninguna prueba".
Ferraz remarca que en este tiempo Gómez "ha dado la cara", porque ha acudido a las citaciones judiciales, ha "colaborado con la Justicia desde el primer día" y "nunca ha existido el menor riesgo de fuga". La retirada del pasaporte que decidió el juez Peinado "fue una medida desproporcionada" que este 16 de julio quedó sin efecto después de que la Audiencia de Madrid levantara las medidas cautelares.
La cúpula socialista sí introdujo un dato que el Gobierno, oficialmente, no destacó: resultaba "llamativo" que justo se conociera la decisión de la Audiencia de llevar al jurado a la mujer del presidente "el mismo día en que la actualidad viene marcada por el aval de la Justicia europea a la ley de amnistía". "Cada uno sacará sus conclusiones". Ejecutivo y PSOE habían celebrado la doble sentencia del TJUE, aunque el escepticismo sobre si la futura vuelta de Carles Puigdemont a España servirá para reconducir los puentes con Junts todavía persiste.
Ferraz concluye su comunicado sobre el caso Begoña mostrando su confianza "plena" en que "la verdad terminará imponiéndose". "Estamos convencidos de que la Justicia demostrará que estas acusaciones carecen de fundamento y pondrá fin a una persecución que nunca debió comenzar".
En la ejecutiva de Sánchez recuerdan que el hecho de que Gómez fuera al banquillo estaba claro, porque el auto de apertura de juicio oral es por sí mismo irrecurrible, pero sí que podía haber echado atrás la Audiencia la decisión de que fuera juzgada por jurado. Y no lo ha hecho. "Un tribunal de apelación habitualmente no corrige la instrucción, solo lo hace en casos muy excepcionales. Pero vamos, que hay una persecución es evidente —indica un integrante de la cúpula—. Estas hostias duelen en lo humano y en lo personal. Pero en lo electoral nos da, nos suma. Es una víctima". De lo mismo está convencido el partido con la condena a David Sánchez: ese fallo les hace "más fuertes", por la sensación de "injusticia" que ha permeado ya en su electorado. "Los jueces se han pasado de frenada y eso lo ve todo el mundo", abunda otro miembro del puente de mando. "La gente ha visto claramente dos juicios políticos [el del hermano de Sánchez y la causa contra su mujer]. Pagar las consecuencias de ello es duro. Pero se han pasado".
El juicio por tribunal ciudadano será un momento culmen de la causa contra Gómez. Y, si nos atenemos a las estadísticas del CGPJ de 2016, es más probable que la mujer del presidente sea condenada. Pero será un paso más en un proceso, asumen en Ferraz, que será "muy largo" por los seguros recursos que se interpondrán hasta llegar al Supremo. Al caso Begoña le quedan, probablemente, muchos años de carrete.
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