La juez Nuria Ruiz, que investiga la gestión de la DANA, ha rechazado la personación del expresidente de la Generalitat Valenciana Carlos Mazón en la causa. La magistrada responde así a la petición formulada este lunes por la representación legal de Mazón de personarse en el procedimiento, al entender que no puede hacerlo por su condición de testigo y al no haber indicios contra él.
Así consta en una providencia, a la que ha tenido acceso El Independiente. El político popular realizó esta petición de personación días después de que Ruiz acordara citarle como testigo en el procedimiento, una semana después de que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana rechazara imputarle al no ver indicios de delito en su actuación el día de la catástrofe.
Mazón solicitaba personarse en el procedimiento al amparo de lo previsto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, con el objetivo de defender sus intereses. Aludía a que quería analizar las diligencias que se siguen practicando sobre él aún después de la resolución del tribunal superior. Sin embargo, la togada considera que la ley española no permite que una persona que ha sido citada como testigo solicite su personación como investigado.
"La personación interesada solo podría basarse en dos supuestos: la voluntad del señor Mazón de reconocer la participación en la causación de los presuntos homicidios y lesiones imprudentes", esgrime la juez, "o el hecho de que estime dicho testigo que una declaración como tal, con la obligación de decir verdad, implicaría ineludiblemente la asunción de responsabilidades penales, y que solo puede declarar como investigado. Ninguna de estas dos opciones se alega en el escrito".
"Lo que es algo bien diferente a la personación como investigado, es que en el caso de que Mazón fuera investigado, encausado o enjuiciado en otro procedimiento penal relacionado con éste, y la declaración testifical acordada en este procedimiento pudiera perjudicarle, podría comparecer en la declaración testifical asistido de letrado", continua Ruiz.
La magistrada recuerda que el Tribunal Superior de Justicia excluye la responsabilidad del expresident "de forma completa en su vertiente omisiva, al no ostentar la posición de garante", y tampoco "aprecia indicios de delito en la acción del aforado en una eventual participación activa".
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