España

Begoña Gómez denuncia que el juez Peinado ha cerrado la investigación con una rapidez "inusitada"

La mujer del presidente del Gobierno ha elevado una queja ante la Audiencia Provincial de Madrid

Citas privadas, contratos públicos: las cartas para Barrabés sientan a Begoña Gómez en el banquillo
La esposa del presidente del gobierno, Begoña Gómez, durante un acto del PSOE. | EP

Begoña Gómez ha solicitado a la Audiencia Provincial de Madrid la nulidad del procedimiento abierto en su contra al considerar que la instrucción del juez Juan Carlos Peinado ha vulnerado su derecho de defensa. En un escrito de queja, su abogado, el exministro del Interior Antonio Camacho, sostiene que el magistrado ha cerrado la investigación de forma prematura, sin practicar diligencias previamente acordadas y sin dar opción a las partes a solicitar nuevas pruebas, lo que ha generado una situación de indefensión a su clienta.

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Así consta en el documento, al que ha tenido acceso El Independiente. La esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, también denuncia errores de fondo en la actuación del instructor, al que reprocha haber avanzado el procedimiento sin resolver recursos pendientes. "El instructor, sin esperar a la práctica de las diligencias acordadas, y con una rapidez inusitada da carpetazo a la fase de investigación y acuerda dar traslado a las partes", esgrime el letrado.

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Precisamente, este lunes, la acusación popular que lidera Hazte Oír ha reclamado 24 años de cárcel para la mujer de Sánchez, así como la prohibición de salida del país y la retirada del pasaporte por "riesgo de fuga".

En relación al delito de tráfico de influencias, que es sobre el que gira toda la causa, sostiene Begoña Gómez que Peinado "no aporta un solo indicio" de que utilizara su condición de mujer del presidente para influir en la Universidad Complutense de Madrid. Argumenta que la creación de la cátedra partió del propio rector y se enmarca en una trayectoria previa de la investigada en la institución, sin que existiera remuneración ni actuación alguna que pueda ser susceptible de tener encaje penal.

Sobre la corrupción en los negocios, el escrito califica de "hipótesis" la tesis de Peinado de que la financiación empresarial de la cátedra fuera una contraprestación encubierta. Subraya que los fondos se integraron en el presupuesto de la Complutense, una entidad pública, lo que excluye la aplicación de un delito pensado para relaciones entre particulares. También reprocha que no exista ningún indicio que apunte a irregularidades en esas aportaciones ni que se haya dirigido la investigación contra las empresas implicadas.

En cuanto al delito de apropiación indebida, la defensa niega que Gómez se hiciera con ningún activo de la cátedra. Asegura que ni las marcas ni el dominio web eran titularidad de la universidad y que el software no llegó a finalizarse, por lo que no podía ser objeto de apropiación ni de explotación económica. En esta línea, sostiene que el proyecto se encontraba en fase de pruebas y bajo conocimiento de la propia universidad.

Finalmente, respecto a la malversación, el recurso rechaza que pueda derivarse responsabilidad penal del uso puntual de medios personales vinculados a Presidencia del Gobierno. La defensa argumenta que la asistencia prestada a Gómez por parte de su asistenta en Moncloa, Cristina Álvarez, responde a funciones habituales de apoyo y protocolo y que la interpretación de Peinado supone una aplicación "extensiva e irrazonable" del delito, al equiparar estas actuaciones con un uso indebido de fondos públicos.

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