El Gobierno se ha embarcado en una operación de limpieza de imagen después de los escándalos políticos que se han cobrado la cabeza de dos ministros -el Cultura, Maxim Huerta, y la de Sanidad, Carmen Montón- y han dejado tocados a otros dos -la de Justicia, Dolores Delgado, y de Ciencia, Innovación y Universidades, Pedro Duque-.
El pasado sábado, el Gobierno publicaba con urgencia en el Boletín Oficial del Estado (BOE) hasta 1.500 registros con la declaración de bienes y patrimonio de los miembros del Gobierno y secretarios de Estado, además de altos cargos, desde 2014.
Según argumentaba el Ministerio de Política Territorial en la correspondiente resolución, se trataba de dar cumplimiento a la Ley 3/2015 que regula el ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado (AGE), y que establece que estas declaraciones deben publicarse "en los términos previstos reglamentariamente".
La acotación es importante porque, según fuentes del Ministerio de Política Territorial, el hecho de que no se hubieran publicado estas declaraciones desde 2014 respondía a que no existía el reglamento preceptivo con el que debería operar la Oficina de Conflictos de Intereses. Es decir, existía el mandato, pero no los instrumentos.
Ello habría ahorrado al Gobierno de Mariano Rajoy la molestia de rendir cuentas anualmente respecto a los bienes y patrimonio de sus miembros.
Sin embargo, este mismo sábado, el Gobierno aprobó un Real Decreto por el que el Ejecutivo aprobaba ese reglamento que habilitaba entonces la publicación de los 1.500 registros de altos cargos del Estado y sector público estatal durante los últimos cuatro años.
Y, más aún, de esa forma el Gobierno de Pedro Sánchez ha blindado la norma de tal forma que ahora todos los Gobierno deberán hacer esta declaración cada año.
Nuevo 'streaptease' en 2019
Concretamente, el Real Decreto dispone que durante el primer trimestre de cada año natural se procederá a publicar en el BOE las declaraciones de bienes, derechos y obligaciones patrimoniales de los altos cargos cuya toma de posesión o cese de haya producido en el año anterior.
En lo que corresponde al Gobierno de Sánchez, tras la publicación masiva de datos de este sábado, lo que cabe esperar en el primer trimestre de 2019 son las declaraciones de aquellos miembros de la alta dirección que entren o salgan de la Administración del Estado a partir de ahora y hasta final de este año.
Pero, sobre todo, en el momento en en el que haya nuevas elecciones generales, el nuevo Ejecutivo que surja estará obligado sin fisuras a hacer lo propio.
¿A qué cargos afecta la Ley?
De acuerdo con el Real Decreto, la relación de altos cargos que habrán de someterse a esta prueba de transparencia se remite a la definición que se establece en el artículo 1.2 de la Ley 3/2015, en el que se menciona en primer lugar a los miembros del Gobierno y los secretarios de Estado.
También se engloban los subsecretarios y asimilados; los secretarios generales; los delegados del Gobierno en las comunidades autónomas y en Ceuta y Melilla; los presidentes, vicepresidentes, directores generales, directores ejecutivos y asimilados en entidades del sector público estatal, administrativo, fundacional o empresarial, vinculadas o dependientes de la AGE, así como los presidentes y directores con rango de director general de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social; los presidentes y directores de las agencias estatales, los presidentes y directores de las autoridades portuarias y el presidente y el secretario general del Consejo Económico y Social (CES).
Ahora bien, lo que no incluye el texto aprobado es un importante matiz que, en cambio, recomendó incluir el dictamen previo del Consejo de Estado. El órgano consultivo advertía de que el Real Decreto no recogía el precepto contenido en la Ley, según el cual los altos cargos no pueden tener participaciones directas o indirectas superiores al 10% en empresas que tengan concierto o contratos de cualquier naturaleza con el sector público, o que reciban subvenciones provinientes de la Administración.
Control del Currículum de los ministros
Por otro lado, lo que sí se incluye en el Real Decreto es la normativa a aplicar en materia de nombramiento de altos cargos, punto en el que precisa, entre otras cuestiones, que las secretarías generales técnicas deberán recopilar respecto de su departamento ministerial, el modelo de declaración responsable de cada candidato a alto cargo como un modelo de currículum vitae aprobado al efecto.
A ello añade que "ambos documentos serán examinados por el órgano competente para la propuesta de nombramiento con carácter previo a éste".
La aprobación de este reglamento coincide con la propuesta lanzada hace unas semanas por la federación que agrupa a los alrededor de 15.000 miembros de la élite de los altos funcionarios del Estado (Fedeca ) para elaborar un proyecto de Estatuto Básico del Directivo Público con el que profesionalizar la cúpula de la Administración.
Toda una cruzada contra los nombramientos ‘a dedo’ de cargos de confianza; el desfile de nombres con cada cambio de Gobierno; la politización de la gestión pública; y un golpe en la mesa para establecer por fin una retribución más ligada a los objetivos y a la evaluación constante del desempeño en el sector público. Un intento, en resumen, de desligar la gestión del Estado del ámbito político y acercarla a los cánones de eficiencia de la empresa privada.
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