A vueltas con los trabajadores autónomos económicamente dependientes, los conocidos como TRADE y que incluyen a aquellos aquellos que reciben un 75% de sus ingresos de un mismo pagador. Las organizaciones más representativas del colectivo tratan de encauzar a través de esta figura, regulada desde 2007, a la legión de trabajadores atípicos surgidos al calor de las nuevas tecnologías y que prestan sus servicios para las grandes plataformas como Amazon, Deliveroo o Uber. Con esta asimilación, pretenden dotar de seguridad laboral y jurídica a estos nuevos empleados.

Una de las últimas propuestas corre a cargo de la Asociación Nacional de Federaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), que incluye, entre 35 apuestas, la creación de la figura del TRADE Digital, cuando el 75% de sus ingresos provengan de su actividad a través de plataformas digitales.

La organización presidida por Lorenzo Amor prevé de entrada que sean los TRADE quienes, con carácter general, sean ellos mismos los que comuniquen su condición a la Seguridad Social después de haber aceptado un texto donde se aclaren las diferentes figuras del mercado de trabajo (asalariado, autónomo, TRADE y falso autónomo) y las condiciones que les son propias.

En el caso de los TRADE digitales, responderán de sus derechos, las plataformas para las que trabaja cada uno de estos profesionales en proporción al porcentaje de facturación de ese montante correspondiente a cada una de ellas. A partir de ahí, añade que, junto a esta categorización para poder aportar seguridad a estos trabajadores, se debe establecer que los TRADE ganen al menos 1.050 euros mensuales con el fin de "evitar abusos".

Para culminar este avance en los derechos de trabajadores autónomos dependientes de las plataformas digitales, el documento demanda una exención en la tributación de las indemnizaciones por extinción de contratos para los TRADE en caso de expediente de regulación de empleo (ERE).

Más tarifas planas

Las propuestas de ATA también incluyen una batería de tarifas planas para autónomos con pocos ingresos o en situaciones de vulnerabilidad. Desde la exención de las cotizaciones para los que ganen la mitad del salario mínimo (SMI) anual, hasta una tarifa de 60 euros para aquellos con ingresos inferiores a este indicador durante dos años prorrogables.

También una cotización lineal de 30 euros durante dos años para mujeres del ámbito rural que se lancen a emprender o de 60 euros, de 12 a 24 meses, para las autónomas que se reincorporen a su actividad tras la maternidad.

Además, el listado de deseos de ATA incluye que los nuevos autónomos cuya facturación no supere los 30.000 euros anuales estarán exentos de tributar en concepto de IVA durante los 24 primeros meses de actividad.

Cotización por ingresos reales

Por otro lado, ATA también se refiere al nuevo sistema de cotizaciones por ingresos reales que el Gobierno se comprometió a negociar en torno al primer trimestre del año. La organización sigue defendiendo que la pedagogía y los incentivos son la mejor forma de aumentar la contribución al sistema de la gran mayoría de los autónomos, por lo que plantea la necesidad de aportar más información sobre las consecuencias de una infracotización en términos de las prestaciones futuras.

Por ello, propone el envío de un informe anual de vida laboral, con una simulación de cuantías de prestaciones y pensión anual según la misma, así como una simulación con el cálculo si aumentasen su base en 100 euros. Hoy en día, una cuota sobre la base mínima da derecho a una prestación de aproximadamente 750 euros, por lo que solo cotizar 100 euros más la aumentaría a 1.000 euros.

En cualquier caso, también propone establecer un sistema de cotización proporcional a los ingresos, de forma que la sobrecotización o infracotización se corrija al final del ejercicio fiscal o en la declaración de la renta, teniendo en cuenta que los ingresos de ese ejercicio serán el colchón del siguiente.

Además, ATA reitera su demanda de que las posibilidades de la jubilación activa se extiendan al 100% a todos los autónomos, sin necesidad de contratar a un trabajador. En concreto, propone ampliar este esquema a los que se jubilen de forma anticipada a los 63 años y alcancen el 100% de la base reguladora y a los que habiendo alcanzado la edad legal de jubilación no hayan alcanzado el 100% de la base reguladora, aplicando los coeficientes reductores pertinente.

Por último, ATA vuelve a insistir en la necesidad de ampliar el cálculo de la pensiones a toda la vida laboral ponderando un 75% con los mejores años y el 25% con los peores.