Economía

Ingreso Mínimo Vital: todas las claves y requisitos para cobrarlo

El Consejo de Ministros ha aprobado esta prestación de la Seguridad Social que cobrarán 850.000 hogares en España

El ministro de Cultura y Deporte, José Manuel Rodríguez Uribes, ofrece una rueda de prensa tras el Consejo de Ministros

El ministro de Cultura y Deporte, José Manuel Rodríguez Uribes, ofrece una rueda de prensa tras el Consejo de Ministros EFE

El Gobierno ha aprobado este viernes el Ingreso Mínimo Vital, una nueva prestación que garantiza una renta mínima para los hogares más vulnerables. El objetivo es llegar a unos 850.000 hogares en España, de los cuales unos 100.000 -los que ya percibían la prestación por hijos a cargo- la recibirán de oficio.

El vicepresidente de Derechos Sociales, Pablo Iglesias, ha afirmado que "hoy nace un nuevo derecho social" en España y ha apuntado que "la situación sobrevenida nos ha obligado a acelerar este compromiso de la legislatura". En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Iglesias ha explicado que se trata de una medida "estructural".

Estas son las claves sobre los requisitos:

  • ¿Quién puede cobrar el Ingreso Mínimo Vital?

La prestación se ha diseñado para llegar a hogares, aunque quienes percibirán el Ingreso Mínimo Vital serán titulares individuales de entre 23 y 65 años. También la recibirán personas a partir de 18 años si tienen menores a cargo y llevan al menos un año de residencia legal en España. Para percibirlo los ingresos deben ser mínimos, y estar por debajo de las cuantías que ha fijado el Gobierno para cada tipo de familia.

  • ¿Los menores no podrán recibir la prestación?

Los menores de edad no podrán ser titulares de la prestación, pero el Ingreso Mínimo Vital quiere proteger en especial a los hogares monoparentales, de los cuales más del 80% están tutelados por mujeres. Este tipo de hogares tendrán un complemento de 100 euros al mes.

  • ¿Cuánto es el Ingreso Mínimo Vital?

No se trata de un pago fijo, la Seguridad Social complementará los ingresos de cada hogar en función de los miembros que lo formen. La cuantía más baja es de 462 euros mensuales y la más alta, para familias con tres adultos y dos niños o para cuatro adultos y un menor es de 1.015 euros. El Estado no abonará esos 462 o los 1.015 euros de forma total, sino que complementará los ingresos que la familia reciba hasta alcanzar esas cantidades fijadas.

  • ¿Cómo se calculan los ingresos?

Se tendrá en cuenta la renta neta del año anterior y no se computarán las becas comedor o las ayudas al alquiler. Si se valorará el patrimonio, sin contar con la vivienda habitual, pero sí la posesión de inmuebles y de cuentas corrientes. Para dos adultos y dos menores, los ingresos no pueden superar los 10.500 euros anuales.

Además, también podrán solicitarla las personas que se hayan visto afectadas por la situación sobrevenida por el coronavirus. Para ello, sus ingresos deberán estar por debajo de la renta garantizada en el tiempo transcurrido de este año.

  • ¿Cuántas personas podrán solicitarlo?

El Gobierno ha calculado que el Ingreso Mínimo Vital llegará a 850.000 familias, a 2,3 millones de personas.

  • ¿Quién lo paga?

El Ingreso Mínimo Vital se gestionará a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social, excepto en el País Vasco y Navarra. El ministro ha calculado que tendrá un coste de unos 3.000 millones de euros que se pagarán con transferencias de Hacienda a la Seguridad Social.

  • ¿Se puede compatibilizar con el trabajo?

Sí, si no se alcanzan los ingresos mínimos establecidos por la norma. Además, las personas que estén en situación de desempleo deberán estar inscritos como demandantes de empleo. Se contemplan excepciones para víctimas de trata, de explotación o de violencia de género.

  • Ya percibo una renta mínima de mi región, ¿puedo optar al Ingreso Mínimo Vital?

Sí, el Ingreso Mínimo Vital es compatible con las rentas mínimas que ya gestionaban las comunidades autónomas. De hecho, el primer pago lo efectuará la Seguridad Social y las autonomías podrán compensar la cantidad como consideren.

  • ¿Cómo se puede solicitar?

Se debe tramitar a través de una solicitud de la persona interesada en la sede electrónica de la Seguridad Social. Los solicitantes sólo tendrán que presentar documentos para acreditar su edad y el tiempo de residencia legal en España. Será la Seguridad Social quien compruebe el nivel de ingresos y patrimonio.

  • ¿Cuándo se puede solicitar?

El Ingreso Mínimo Vital podrá solicitarse a partir del 15 de junio.

  • ¿Cómo se paga?

Se pagará mensualmente en 12 pagas y durante el tiempo que dure la situación de falta de ingresos.

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