En plena crisis de la factura de la luz con los precios disparados y con la nueva tarificación, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Iberdrola por haber incumplido las medidas de protección al consumidor.

El organismo dirigido por Cani Fernández asegura que durante 2018 más de 45.000 clientes la comercializadora de Iberdrola los cambió de la tarifa de mercado libre al mercado regulado, con una tarificación fija. Por eso, la CNMC recalca que Iberdrola vulneró el derecho que tienen los consumidores a ser debidamente avisados de cualquier intención de modificar las condiciones del contrato y a ser informados de su derecho a rescindirlo cuando reciban el aviso.  

Los clientes también tienen derecho a recibir información transparente sobre los precios, tarifas y condiciones generales aplicables al acceso y al uso de los servicios de gas.

Fuentes de Iberdrola aseguran para El Independiente que la compañía tiene previsto recurrir tanto por la imputación de falta de transparencia en las comunicaciones comerciales como por la prescripción de los hechos. Asimismo, apuntan que "IBERCLI presta especial atención en hacer comunicaciones transparentes y tiene en cuenta las indicaciones hechas por la CNMC en este expediente, cuyas consideraciones anteriormente no constaban en la normativa aplicable".

Este caso tuvo su origen en la denuncia remitida por una asociación de consumidores y usuarios. Posteriormente, la CNMC inició un expediente sancionador contra la compañía ante los indicios de posibles prácticas contrarias a los derechos de los consumidores.

En dicha investigación llevada a cabo por la CNMC que En sus cartas les indicaba que, a partir del 28 de febrero, pasarían a tener una tarifa de tipo fijo y con un precio estable, y se les aplicaría un descuento del 10% en el término fijo y en el variable durante 12 meses. 

Iberdrola explicaba a sus clientes que el cambio les supondría ventajas ya que con la nueva tarifa tendrían estabilidad en los precios. La CNMC achaca a la compañía que en las misivas enviadas a los usuarios no incluía ninguna comparación ni advertencia acerca de que las tarifas previas (indexadas TUR) eran más baratas y de que el cambio (a un precio fijo) podía suponer una subida global

Además, la comunicación tampoco mencionaba la posibilidad de rescindir el contrato al recibir el aviso de modificación de sus condiciones, información que resulta legalmente exigible.

Un 15% más cara

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia recalca que durante 2018 la oferta a la que Iberdrola pasó a 45.000 clientes fue un 15% más cara. Además, la resolución señala que la oferta de Iberdrola disminuyó un 4,53% el precio del término fijo, pero se subía un 20,33% el término variable.

En términos globales, estos cambios suponían para un consumidor tipo (consumo de 3.000 kWh/año) un incremento del 14,82% (31,50 euros/sin impuestos) de haberse mantenido durante todo 2018 la TUR vigente en enero y aplicable al primer trimestre de ese año. Comparando la nueva tarifa con el resultado de la TUR durante 2018, el incremento suponía el 13,87% (29,70 euros/sin impuestos) con respecto a la tarifa anterior.