Economía

Los caseros particulares podrán negociar subidas de alquiler por encima del 2% pese al tope del Gobierno

Una vivienda en alquiler

Una vivienda en alquiler en Madrid. EUROPA PRESS

El Plan Nacional de Respuesta al Impacto de la Guerra, aprobado este martes en el Consejo de Ministros, establece la desvinculación del IPC de los precios del alquiler, cuya revalorización quedará subordinada al Índice de Garantía de Competitividad (IGC), que fija el máximo en el 2%. No obstante, los propietarios particulares podrán negociar con sus inquilinos alzas por encima de esta cifra, aunque si no hay acuerdo, no podrán actualizar la renta más de ese límite del 2%.

El Real Decreto-ley distingue entre grandes tenedores, que tendrán que aplicar el 2%, y propietarios de vivienda físicos, que podrán renegociar su renta y, en caso de no alcanzar un acuerdo con el inquilino, tendrán que fijar el aumento máximo en ese 2%.

"El Gobierno de España tiene el mandato en esta norma de proteger a las personas que viven de alquiler en nuestro país, que necesitan de un derecho fundamental como es la vivienda, personas a las que ahora mismo pagar su alquiler es un obstáculo y, a veces, resulta imposible", ha dicho Yolanda Díaz en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

En ausencia de acuerdo, la renta del contrato no podrá actualizarse por encima de la variación experimentada por el Índice de Garantía de Competitividad (IGC), un índice situado actualmente en el 2%, como recuerdan desde el Mitma.

El Real Decreto-ley también contempla la posibilidad de que el arrendador sea un gran tenedor. En este caso, la actualización de la renta no podrá suponer un incremento superior a la variación anual del IGC, a fecha de dicha actualización. El Gobierno considera gran tenedor a toda persona física o jurídica titular de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 m2 de uso residencial, excluyendo en todo caso garajes y trasteros.

Desde la cartera dirigida por Raquel Sánchez recuerdan que se trata de una "medida de carácter urgente", que se suma a otras decisiones de "carácter estructural" para garantizar el acceso a una vivienda digna. Entre ellas, el Mitma se refiere al desarrollo de una legislación estatal en materia de vivienda, la implementación del Bono Alquiler Joven o la apuesta para favorecer una mayor oferta de vivienda en alquiler a precios asequibles.

A cuántas viviendas afecta

Según datos del Mitma, en España hay unos 3,5 millones de viviendas alquiladas, por lo que la medida podría afectar a unos 875.000 contratos (la cuarta parte), que son los vencerían este trimestre, en el supuesto de que se firmara el mismo número de contratos de alquiler en cada uno de los cuatro trimestres del año.

De esas, unas 175.000 viviendas (5 %) están en manos de grandes tenedores, es decir, titulares de diez o más inmuebles urbanos, excluyendo garajes y trasteros, o que tengan una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados, en su gran mayoría bancos, fondos, compañías de seguros y socimis (sociedades anónimas cotizadas de inversión inmobiliaria).

En los últimos meses, en los que la inflación ha ido creciendo como consecuencia de la guerra de Ucrania, muchos pequeños arrendadores en España ya estaban optando por no aplicar ese aumento.

Empresas como la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA) les han estado recomendando que actualizaran la renta, por ejemplo, a la mitad del IPC o incluso que no aplicaran ninguna subida, ante el temor de que pudieran producirse rupturas de contratos e impagos.

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