Economía | Trabajo

El Gobierno bonificará con 73 euros al mes los contratos fijos discontinuos a mujeres temporeras

La contratación indefinida de jóvenes con baja cualificación tendrá un incentivo de 275 euros al mes, y la de personas de prácticas, de 138 euros

Un grupo de temporeras marroquíes embarcan desde el Muelle Sur del Puerto de Huelva rumbo a Marruecos.

Un grupo de temporeras marroquíes embarcan desde el Muelle Sur del Puerto de Huelva rumbo a Marruecos. María José López / Europa Press

Las empresas que transformen el contrato temporal de una mujer temporera en uno fijo discontinuo (indefinido) podrán ahorrarse 73 euros al mes durante tres años en las cotizaciones sociales que aportan a la Seguridad Social por esa trabajadora. Es decir, un total de 2.628 euros (876 euros al año). Es una de las novedades que el Ministerio de Trabajo ha incluido en su nueva reforma, que entrará en vigor en septiembre y que debía haber aprobado antes de final de año puesto que así se había comprometido con Bruselas.

Finalmente, con algo de retraso el Consejo de Ministros ha aprobado este martes el real decreto-ley con el que reforma los incentivos y bonificaciones a las cotizaciones que deben abonar las empresas por cada trabajador. La norma busca fomentar la contratación estable, la que persigue la reforma laboral, eliminando las bonificaciones a los contratos temporales y creando otras ligadas a los fijos, sobre todo de colectivos vulnerables.

Como principal novedad, la nueva ley trata de evitar el fraude estableciendo que las empresas que se beneficien de estas bonificaciones no podrán despedir a los trabajadores durante tres años. "Quien reciba la bonificación tiene la obligación de mantenimiento del empleo durante tres años", ha asegurado durante la presentación de la norma Yolanda Díaz.

Será necesario esperar hasta que se publique en el Boletín Oficial del Estado para poder estudiar la letra pequeña, pero en principio si las empresas despiden al trabajador antes de ese tiempo tendrán que devolver las bonificaciones al Estado, de forma similar a como sucedía con los ERTE. Hay que recordar que entonces, durante la pandemia, Yolanda Díaz anunció que quedaba prohibido despedir, pero hace unos meses el Supremo sentenció que tal y como quedó redactada la norma, no era así -los despidos debían considerarse improcedentes, en lugar de nulos-.

Lo que sí ha dejado claro durante la rueda de prensa Díaz es que las rebajas a las aportaciones de las empresas a la Seguridad Social por trabajador serán mayores para aquellas que contraten de forma indefinida a miembros de colectivos vulnerables. De igual modo, se deja de premiar la contratación temporal, al considerar que el empleo que debe impulsar con estas bonificaciones públicas es el fijo.

Las nuevas bonificaciones incluidas en la norma son las siguientes:

  • 75 euros al mes durante tres años por cada mujer incluida en el sistema especial agrario con contrato temporal que se convierta en fijo discontinuo (indefinido), y 55 euros si los temporeros son hombres.
  • 138 euros al mes durante tres años por contratar de forma indefinida a una persona que esté realizando prácticas en la empresa. Si se trata de una persona con discapacidad, la bonificación se mantiene durante toda la vigencia del contrato.
  • 275 euros al mes durante tres años por la contratación indefinida de jóvenes con baja cualificación que sean beneficiarias del Sistema de Garantía Juvenil.
  • también se bonificarán las readmisiones de trabajadores que hubieran cesado por incapacidad, las sustituciones con personas jóvenes y los contratos de formación en alternancia, en una cuantía que está por determinar.

Además, se amplía la cuantía de algunas bonificaciones o contratos incentivados que ya existían:

  • 128 euros al mes por contratar de forma indefinida a personas en situación de exclusión social. La bonificación actual es de 55 euros al mes.
  • 128 euros al mes por contratar de forma indefinida a mujeres paradas de larga duración o parados en general de 45 o más años. Hasta ahora, era de 110 euros al mes.
  • la bonificación por la transformación de un contrato de relevo se extiende a todas las empresas, ya que por el momento solo beneficia a aquellas con menos de 50 trabajadores.

Por otro lado, se mantienen las bonificaciones que ya existen a la contratación de personas con discapacidad, las de las empresas de inserción y las de las sustitución de víctimas de violencia de género. En todos los casos, las bonificaciones se reducirán proporcionalmente si en lugar de contratar a los trabajadores a jornada completa se hace a tiempo parcial, y no se incentivarán las jornadas parciales inferiores al 50% de aquellas a tiempo completo, salvo que se trate de un caso de conciliación.

Antes de su entrada en vigor, el Congreso de los Diputados deberá convalidar el decreto ley aprobado este martes.

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