El próximo 22 de diciembre de 2023 millones de españoles estarán atentos a la televisión, radios o periódicos esperando un número de la suerte para el gordo de Navidad. Un número que puede cambiar su vida por los importantes premios que reparte Loterías y Apuestas del Estado en la Lotería de Navidad.

La Lotería de Navidad es el sorteo que más premios reparte, aunque la alegría suele estar muy repartida como se suele decir, no son tan grandes como otros sorteos.

Sea como sea, la banca siempre gana y en este caso es Hacienda. No obstante, aquellos décimos que sean inferiores a 40.000 euros están exentes de impuestos.

Y los afortunados que obtengan un premio superior tendrán que pagar a Hacienda el 20% del gordo de Navidad.

Primer, segundo y tercer premio del Gordo de Navidad 2023

Así, por cada décimo premiado del Gordo de Navidad con 400.000 euros, quedarán exentos de impuestos los primeros 40.000€. De los 360.000 euros restantes, hay que tributar a Hacienda el 20%. Por lo que 72.000 euros serán para la agencia tributaria y 328.000 para el afortunado ganador.

En el segundo premio de la Lotería de Navidad, dotado con 125.000 euros, se pagarán impuestos sobre 85.000 euros (una vez restados los 40.000 que están exentos). Por lo que Hacienda se quedará con 17.000 euros del total y el ganador recibirá 108.000 euros.

En el caso de los ganadores de los 50.000 euros del tercer premio, la fórmula es la misma. Si 40.000 euros están exentos, a Hacienda se le paga el 20% de 10.000, es decir, 2.000 euros. El afortunado se lleva por tanto 48.000 euros.

El resto de premios del sorteo no llevan retención por parte de Hacienda al ser menores de 40.000 euros, informan desde TaxDown.

Hacienda, por tanto se quedaría un total 129,6 millones de euros por el premio gordo de Navidad de 2023 (72.000 euros * 180 * 10), 30,6 millones por el segundo premio y 3,6 millones por el tercer premio.

¿Cómo se declaran los premios de la Lotería de Navidad?

“Los premios de la Lotería de Navidad no tienen repercusión en la base imponible del IRPF o, lo que es lo mismo, no hay que incluirlos en nuestra declaración de la Renta. Sin embargo, sí que deben declararse los posibles rendimientos que este dinero conseguido les pueda generar a los ganadores, como por ejemplo los intereses bancarios.”, afirma Enrique García, CEO de TaxDown.