Para el año 2026, la jubilación anticipada tiene una especial repercusión sobre las pensiones de miles de trabajadores. La jubilación anticipada significa retirarse antes de tiempo, con severos recortes en la pensión, aunque detrás de ello haya trayectorias de trabajo muy extensas. La Seguridad Social tiene un sistema en base a unos coeficientes reductores, teniendo un efecto sobre el importe a largo plazo.

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Jubilación anticipada

El sistema permite adelantar la jubilación voluntariamente un máximo de hasta dos años con respecto a la edad legal ordinaria. Esto implicaría que un trabajador podría retirarse desde los 63 años. La que más pesa es la de tener acreditados un mínimo de 33 años de cotización efectiva, de los cuales, dos tienen que ser en los 15 anteriores al momento de solicitar la pensión.

La regulativa también considera la jubilación anticipada involuntaria, que habilita la posibilidad de anticipar el cese de trabajo hasta en 4 años. Esta norma se concreta en el supuesto de que la finalización del trabajo no dependa del trabajador, y eso hace que la misma responda a razones objetivas como despidos colectivos o extinciones por causas económicas.

Diferencias según los años cotizados

Los años cotizados marcan la diferencia frente a los recortes por jubilación. Tener una larga vida laboral no resulta suficiente para sus efectos de recorte, pues por ejemplo con 40 años cotizados, adelantar la jubilación dos años significa un recorte del 40% de una pensión que va a ser recortada para toda la vida.

Penalizaciones de la jubilación dos años

Uno de los datos más significativos para el año 2026 atañe a los que deciden retirarse a los 63 años de edad. En ese sentido, el coeficiente reductor se eleva hasta valores próximos al 19%, aun habiendo cotizado durante 40 años, y dicho ajuste se efectúa a partir de la base reguladora, lo que reduce de forma indefinida la cuantía mensual y definitiva de la pensión.

El sistema realiza una penalización por cada mes de adelanto. El efecto es la importante corrección de la acumulación de los años percibiendo.

Penalización en un solo un año

La situación se modifica cuando el adelanto se reduce solo a un año. En este caso un trabajador que se anticipe a su jubilación a los 64 años, a su vez con 40 años cotizados, se encuentra con un recorte del entorno del 5,25%. A pesar del hecho de que la reducción siga siendo clara, es algo más asumible.

Coeficientes reductores

Los coeficientes de reducción aumentan, respecto a los del 0,50% para aquellos que cotizan 38 años y 6 meses. Si no se alcanzan los 38 años y 6 meses y uno desea retirarse con 63 años, puede llegarse a tener un recorte de hasta un 21% en su pensión final. La importancia de la vida laboral se ve así favorecida en el cálculo final de la pensión. La Seguridad Social aplica, de manera automática, sin revisión posterior, esos coeficientes, lo que obliga a valorar correctamente en qué momento se quiere uno retirar.

Jubilación anticipada involuntaria

En el supuesto de que se produzcan jubilaciones anticipadas no voluntarias, el ajuste puede verse incrementado en el caso de un trabajador que se jubila cuatro años antes de haber cumplido la edad de jubilación ordinaria y que no cumple con el plazo de cotización mínimo de 38 años y seis meses, el ajuste máximo que puede soportar se lleva a un 30%. Esta situación afecta, sobre todo, a las personas que dejan de trabajar tras haber padecido un proceso de reestructuración de la empresa.

La jubilación anticipada implica asumir las reducciones estructurales que determinan la pensión de manera absolutamente vitalicia, algo que requiere un tiempo para la reflexión a efectos de marcar el impacto económico a largo plazo.

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