Los trabajadores autónomos quieren cambios en el ámbito fiscal. Y los quieren cuanto antes. Para ello, la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) ha elaborado un decálogo en el que se exponen las modificaciones que ven necesarias en este ámbito. Una de las principales medidas que proponen es que los nuevos autónomos cuya facturación no supere los 30.000 euros anuales, estén exentos de tributar en concepto de IVA por el importe resultante de la diferencia entre el IVA soportado y el repercutido, durante los 24 primeros meses de actividad.
Además, plantean rebajar el IVA al 13% para todas aquellas actividades que vieron subir este impuesto del 13% al 21%, como las peluquerías y los gimnasios. En cuanto a la subida de ciertos impuestos como el diesel, quieren eximir de la subida a los autónomos que se deduzcan los gastos de carburante en su actividad y no sólo a transportistas y agricultores. Asimismo, los autónomos quieren que se aplique el IVA hiperreducido en la factura de la luz.
Aumentar las deducciones en el domicilio
Por otro lado, quieren aumentar la deducción de gastos de suministros, de 30% a 50% sobre la superficie afecta la deducción sobre los gastos de suministros cuando el autónomo trabaja desde su domicilio.
ATA sugiere en su decálogo que se corrija la imposibilidad de deducirse los Gastos de Nóminas que un familiar pudiesen tener en la actividad del autónomo que tributa por IRPF en estimación directa simplificada, ya que aunque trabajen y generen el mismo trabajo que cualquier otro trabajador por cuenta ajena, La Agencia Tributaria no le permite deducirse ese gasto de sueldos y salarios.
Sobre los autónomos societarios, plantean que se deduzcan la cuota íntegra de los importes de las cuotas a la Seguridad Social por las retribuciones satisfechas a quien ejerza las funciones de dirección y gerencia. En este punto se introduce la posibilidad de deducir en la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades el importe de las cuotas a la Seguridad Social satisfechas a los trabajadores autónomos de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) vinculados a la empresa, con la condición de que la base imponible utilizada para la determinación de la cuota coincida con sus ingresos reales.
También proponen una exención en la tributación de las indemnizaciones por extinción de contratos para los TRADE, siempre y cuando la indemnización conste como cláusula en dicho contrato.
También quieren mantener los límites actuales de facturación para los autónomos que tributan por estimación objetiva, así como la presentación del modelo 347 a 28 de febrero.

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