El auge del comercio electrónico ha obligado a las pequeñas y medianas empresas a adentrarse en el ecommerce para acercarse a clientes y vender. Sin embargo, Hacienda está más atenta que nunca, como demuestra las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2019, que acaba de publicar el BOE. Las tiendas online y los impuestos que deben tributar por su actividad son uno de los objetivos de la Agencia Tributaria.

Foco en los impuestos derivados del comercio electrónico

Los técnicos de Hacienda se centran en la investigación en Internet y la obtención de información relacionada con los nuevos modelos de actividad económica, especialmente en comercio electrónico.

En 2019, continuarán las líneas de investigación iniciadas en años anteriores y se incorporarán otras nuevas. Por ejemplo, se realizará un estudio inicial de las tecnologías FINTECH para evitar que su despliegue altere el grado de conocimiento que la Agencia Tributaria mantiene sobre la actividad económica, al tiempo que se analizan sus posibilidades para mejorar el servicio a los contribuyentes.

Asimismo, la Agencia Tributaria continuará realizando actuaciones sobre los nuevos modelos de distribución. El constante crecimiento del comercio electrónico genera a su vez un auge de empresas que sustituyen al vendedor tradicional en el almacenamiento y entrega de los productos.

Nuevas actividades

En los últimos años han venido surgiendo nuevas actividades como la ‘triangulación de envíos’, en la que las ventas realizadas por una empresa son entregadas por otras, y ‘tiendas de tiendas’ instaladas en páginas web.

En ocasiones ese tipo de negocios están establecidos en España y en otras ocasiones en otros países de la Unión Europea. Por ello es preciso garantizar que su tributación es la adecuada y que su actividad no distorsiona los precios en perjuicio del comerciante establecido en España, por lo que se continuará analizando este mercado, definiendo sus riesgos y controlando su actividad.

Además, se continuará el análisis y estudio de los nuevos medios de pago para avanzar en su control y se propondrán medidas para establecer las mismas obligaciones a todos los intermediarios en los mercados financieros.

Por último, las actividades logísticas ligadas con el comercio electrónico, también serán objeto de atención, no solo por su propia tributación, sino especialmente por servir de catalizadores de la actividad de otros operadores nacionales y extranjeros que, valiéndose de estas plataformas virtuales de mercado, consiguen una importante penetración comercial, no siempre acompañada de la correcta tributación directa e indirecta.