Los autónomos deben comunicar de forma telemática a la Administración determinadas informaciones, concretamente a través del Sistema RED. Así lo marca la Ley Orden ESS/484/2013, de 26 de marzo, que regula el Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social.

Así, se han incluido algunas comunicaciones como los partes de baja, alta o confirmaciones de procesos de incapacidad temporal de las que se deban encargar la entidad gestora o mutua colaboradora con la SS pertinentes.

Modificación de ficheros, según anuncia la Seguridad Social

Esto ha llevado consigo una serie de cambios que hagan posible estas comunicaciones. De este modo, han tenido que modificarse los ficheros FDI y FRI, creando el nuevo EAU (Empresario Autónomo). En él deberán indicarse el número de seguridad social, el identificador de persona física y el régimen que corresponda al trabajador por cuenta propia.

Conviene recordar que si se rellena este nuevo segmento EAU no deberán cumplimentarse el TRA, DOM, EMP y LDD ya que corresponden a las empresas y a los trabajadores por cuenta ajena.