En algunas comunidades, provincias y municipios, las autoridades están optando por la suspensión temporal de algunas actividades. En caso de verse afectados por estos cierres, los autónomos tienen derecho a solicitar un cese de actividad extraordinario. Esta es una de las ayudas que se han aprobado desde este mes de febrero.

Se debe mantener el alta mientras se percibe la ayuda

Desde el mismo 1 de febrero se puede solicitar esta prestación. Los requisitos indispensables son estar afiliado y en alta en el RETA o el Régimen Especial de Trabajadores del Mar (constando este alta y afiliación antes del 1 de enero de 2021) y estar al corriente en el pago de cuotas a la Seguridad Social.

El trabajador tendrá la obligación de mantenerse en alta durante el tiempo que perciba la prestación. Eso sí, no estará obligado a cotizar en este periodo. Esta exoneración se tendrá en cuenta desde el primer día del mes en que se tomen las medidas de suspensión de actividad y hasta el último día del mes en que se deje de aplicar la norma, o bien hasta el 31 de mayo de 2021.

Asimismo, la ayuda no será compatible con otra prestación de la Seguridad Social, salvo que fuese una que ya percibiera y se tuviese como compatible con su actividad. Tampoco se podrá percibir la ayuda si se perciben rendimientos de la sociedad que ha tenido que cerrar o si perciben por un trabajo por cuenta ajena. En este último caso se podrán percibir ingresos, siempre y cuando no superen en 1,25 veces el SMI.

Percibirá el 50% de la base mínima de cotización

En lo que respecta a la cuantía de la prestación, existen tres casos distintos. La norma general dicta que el autónomo recibirá el 50% de la base mínima de cotización correspondiente a la actividad que lleva a cabo. No obstante, este porcentaje puede aumentar hasta el 70% en caso de ser familia numerosa y los únicos ingresos familiares sean esos.

Sin embargo, si hay, al menos, otro miembro más de la unidad familiar que vaya a percibir la misma prestación, el porcentaje de la cuantía se reducirá. En este caso solo podrá cobrar un 40% de la base mínima de cotización.