La Fiscalía Superior de Cataluña ha pedido este miércoles al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que mantenga suspendido el aplazamiento electoral en Cataluña decidido por el Govern, que decidió retrasar los comicios desde el 14 de febrero hasta el 30 de mayo por "la crisis sanitaria de la pandemia" del coronavirus en la región.

Distintos organismos próximos a los partidos políticos no independentistas que concurrirán a las elecciones recurrieron tal decisión considerando que vulnera derechos fundamentales. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña acordó la medida cautelarísima (por la vía de urgencia) de suspender el aplazamiento electoral. Al tramitarse por dicha vía, en 48 horas los magistrados deben decidir si mantienen dicha medida cautelar o no.

Según informa la Fiscalía Superior de Cataluña, esta misma mañana, como respuesta a la petición de un informe al respecto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el Ministerio Público ha interesado que dicha medida cautelar de levantar el decreto con el que el Govern desconvocaba las elecciones del 14-F se mantenga.

Sin entrar a si deben celebrarse o no

En el informe remitido a los jueces, la Fiscalía no entra al fondo de la cuestión, manifestando si deben atrasarse o no las elecciones, sino que se limita a la base legal sobre la procedencia o no de mantener o suspender medidas cautelares.

En este sentido, considera que sí debe mantenerse la suspensión del aplazamiento electoral para que el recurso presentado por las organizaciones que ven en la decisión de llevar los comicios a mayo una vulneración de los derechos de los catalanes no pierda su finalidad.

"Así pues, la decisión de levantar la medida cautelar acordada equivaldría de facto, de adoptarse en el preciso momento, a una anticipación del fallo (desestimatorio), puesto que la estimación extemporánea de la impugnación no permitiría su ejecución eficaz, consolidándose irremediablemente la eventual infracción del ordenamiento jurídico y, en su caso, la vulneración de los derechos fundamentales invocados por los recurrentes", ha expuesto la Ficalía.

"Por el contrario el aplazamiento previsto para el 30 de mayo, o incluso la posibilidad de sucesivos aplazamientos que pudieran derivar de la prolongación o reproducción ulterior de las circunstancias justificativas que se exponen en la resolución recurrida, en caso de ser admitidas como fundamento jurídico apto para su validez y eficacia -con desestimación de los recursos- por el Tribunal, no se verían necesariamente afectadas por la tramitación de los procedimientos judiciales iniciados, si se desenvuelven con normalidad en los términos y plazos previstos por la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa". Por estas razones, la Fiscalía pide mantener la suspensión del aplazamiento electoral.