El instructor de la causa del 'procés' en el Tribunal Supremo, Pablo Llarena, ha planteado cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que se pronuncie sobre si puede emitir o no una una Orden de Detención Europea (ODE) contra el ex presidente catalán Carles Puigdemont y los otros tres ex consejeros catalanes fugados de la Justicia con él Lluis Puig, Antonio Comín y Clara Ponsatí ahora residentes en Bélgica y Reino Unido.
 
Lo hace tras la retirada de la inmunidad parlamentaria a Puigdemont, Comín y Ponsatí, votada en las últimas horas en la Eurocámara, y una vez que las autoridades de ejecución de Bélgica han rechazado la entrega del ex exconsejero Lluis Puig.

Con las respuestas del TJUE el magistrado decidirá si mantiene, retira o emite nuevas órdenes de detención respecto a Puigdemont y los miembros de su Goierno y contra la política de ERC Marta Rovira, contra quienes se sigue procedimiento por delitos de sedición, malversación de caudales públicos o desobediencia.

El 7 de agosto de 2020 un juzgado neerlandófono de Primera Instancia de Bruselas denegó la entrega de Lluis Puig. La resolución fue confirmada el pasado 7 de enero por la Sala de Acusación del Tribunal de Apelación de Bruselas.

Los jueces belgas denegaron la entrega de Lluis Puig al Tribunal Supremo porque entienden que el órgano competente para instruir la causa no es el Supremo sino un tribunal catalán y porque su entrega pondría en peligro derechos fundamentales del reclamado, como el de la presunción de inocencia. Posteriormente, el Tribunal Constitucional español concluyó que el Tribunal Supremo es competente para investigar y juzgar a los líderes del procés.

Después de analizar el contenido de estas resoluciones, Llarena tiene dudas de que sean compatibles con el Derecho de la Unión por lo que adopta la decisión de plantear siete preguntas al TJUE.

Capacidad de control del tribunal belga

La principal cuestión que plantean al TJUE Llarena es si el órgano de ejecución belga tiene capacidad, conforme al derecho europeo, de decidir sobre la competencia del órgano español, el Tribunal Supremo, que emite las órdenes de detención.

El instructor del procés considera que si el Estado que tiene que entregar al reclamado -en este caso Bélgica- decide sobre la competencia de los tribunales españoles, "la consecuencia es perniciosa" porque llevará a un "principio de desconfianza" entre los países de la Unión y el reconocimiento de sus resoluciones.

Además, el magistrado considera que la decisión de no entregar a Puig se hizo por parte de la Justicia belga sin tener en cuenta el "intenso debate" que ha habido en España desde el principio del procedimiento contra los líderes del procés sobre si el Tribunal Supremo era o no competente para juzgarles. El instructor destaca, incluso, los errores en los que incurría el auto con el que se denegó la entrega de Puig posiblemente por el desconocimiento de las peculiaridades de los tribunales españoles.

Llarena repasa en su consulta al TJUE algunos pasajes de las resoluciones judiciales belgas que "con profundo desconocimiento de nuestra estructura jurisdiccional, hacen una referencia errónea al 'Tribunal Supremo de Cataluña', ( que no existe) y al 'Tribunal Supremo de Madrid', sin
percatarse de que Madrid es la localidad donde ubica su sede el 'Tribunal Supremo', que lo es de toda España y que estructuralmente se sitúa en el vértice de la organización judicial y, por ello, sobre los 'Tribunales Superiores de Justicia' de cada una de sus Comunidades Autónomas".

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