La Fiscalía de Madrid pide inhabilitar hasta 11 años y 10 meses para cualquier oficio educativo, deportivo y de tiempo libre al humorista David Suárez por un chiste en Twitter sobre el síndrome de Down por considerarlo "vejatorio y humillante" para las personas que sufren dicha alteración genética.

El Ministerio Público pidió 1 año y 10 meses de prisión y una multa de 3.000 euros para Suárez, como adelantó El Independiente, por publicar en 2019 en la red social la siguiente broma sexual: "El otro día me hicieron la mejor mamada de mi vida. El secreto fue que la chica usó muchas babas. Alguna ventaja tenía que tener el síndrome de Down".

En un principio el juicio contra el humorista gallego de 29 años se fechó para el pasado 4 de mayo ante el Juzgado de lo Penal número 22 de Madrid. Sin embargo, el titular de dicho Juzgado acordó suspender la vista y elevó una consulta a la Audiencia Provincial considerando que no era competente para juzgar los hechos precisamente porque los años de inhabilitación que la Fiscalía pide para Suárez exceden la pena en abstracto de su competencia.

El punto 5 del artículo 510 del Código Penal que el Ministerio Público pide aplicar establece que "en todos los casos [en los que se cometa el delito por el que acusan] se impondrá además la pena de inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre, por un tiempo superior entre tres y diez años al de la duración de la pena de privación de libertad impuesta en su caso en la sentencia, atendiendo proporcionalmente a la gravedad del delito, el número de los cometidos y a las circunstancias que concurran en el delincuente". Puesto que piden 1 año y 10 meses de prisión, la pena de inhabilitación descrita en aplicación de este apartado iría de los 4 años y 10 meses a los 11 años y 10 meses.

La Audiencia se pronunció el pasado lunes

El pasado 13 de septiembre, la Audiencia Provincial contestó la consulta del Juzgado de lo Penal 22 y se declaró competente para juzgar a David Suárez en un auto al que ha tenido acceso este diario y contra el que no cabe recurso, por lo que se confirma que el humorista será juzgado en la Audiencia de Madrid.

Los magistrados de la Sección 23 trasladaron en su resolución que falta saber a qué tribunal corresponde por reparto juzgar la causa. Éste será el que feche el juicio. También recogieron la insistencia de la Fiscalía de Madrid, por medio de un escrito el pasado 8 de julio, para que se aplique "el artículo 510.5 del Código Penal en caso de condena, la que rebasaría el cómputo de 10 años de inhabilitación".

En el escrito de acusación que la fiscal Raquel Muñoz Arnanz presentó contra Suárez el 15 de junio de 2020, consideró que el humorista escribió su mensaje con "evidente desprecio hacia el colectivo de personas con síndrome Down y contenido humillante y vejatorio". De ahí que en representación del Ministerio Público le acusara del delito de odio del artículo 510.2 a) del Código Penal en el que se prevé penas de prisión para quienes "lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito" a personas o grupos de personas por "enfermedad o discapacidad", así como a quienes "produzcan, elaboren, posean con la finalidad de distribuir, faciliten a terceras personas el acceso, distribuyan, difundan o vendan escritos o cualquier otra clase de material o soportes que por su contenido sean idóneos para lesionar la dignidad de las personas por representar una grave humillación, menosprecio o descrédito". Además, también solicitó la aplicación del punto 5 del código para que la inhabilitación en los campos mencionados sea "superior entre tres y diez años al de la duración de la pena de privación de libertad impuesta".