El anuncio de la introducción de una enmienda a la Ley de Memoria Democrática para dejar sin efecto la Ley de Amnistía de 1977 y poder perseguir, según han anunciado los grupos parlamentarios PSOE y Podemos en el Congreso, "los crímenes de lesa humanidad cometidos durante el franquismo" se ha recibido en el ámbito de la Justicia como un "contrasentido". Un "disparate jurídicamente hablando" con el que se pretende "atacar y cuestionar la obra política de la Transición y la Constitución de 1978", consideran magistrados y fiscales consultados.

Los dos partidos del Gobierno han pactado introducir en el texto legal una "interpretación" de dicha ley de Amnistía "reflejando las normas del Derecho Internacional Humanitario" para que no ampare los crímenes cometidos durante el franquismo y se puedan abrir investigaciones a los autores que sigan vivos. Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) pedía directamente derogar la Ley de Amnistía y los dos partidos del Gobierno han admitido introducir esta enmienda para dejarla sin efecto. "La ley de Amnistía no se puede derogar, invalidar ni anular. Cumplió su función y desapareció. Si dices que no hay amnistía para los crímenes que cometieron los franquistas, tampoco para los que cometió ETA", trasladan fuentes fiscales a El Independiente.

Contra el principio de irretroactividad

Distintos magistrados y catedráticos de Derecho Constitucional ven claro que la introducción de la mencionada interpretación de PSOE y Podemos no puede llevar a la apertura de causas judiciales contra acusados por torturas o asesinatos durante el franquismo. Ponen como ejemplo el caso del exministro franquista Rodolfo Martín Villa, al que la jueza argentina María Servini procesó por cuatro delitos de homicidio por las muertes de Pedro María Martínez, Romualdo Barroso, Francisco Aznar y Germán Rodríguez, tiroteados por la Policía entre 1976 y 1978, en pleno proceso de transición tras la muerte de Franco. La jueza criticó a España por no colaborar en la búsqueda y entrega de pruebas y consideró que los delitos podían encuadrarse en los de lesa humanidad y, por tanto, considerarse imprescriptibles.

La aclaración va contra el principio de irretroactividad del artículo 9.3 de la Constitución Española, uno de los principios del Estado de Derecho

Precisamente lo que busca la introducción de la enmienda de PSOE y Podemos es que los crímenes cometidos durante el franquismo se consideren no prescritos. Para ello, la redacción que han acordado introducir en la Ley es la siguiente: «Todas las leyes del Estado español, incluida la Ley 46/1977 de Amnistía, se interpretarán y aplicarán de conformidad con el derecho internacional convencional y consuetudinario y, en particular, con el derecho Internacional Humanitario, según el cual los crímenes de guerra, de lesa humanidad, genocidio y tortura tienen la consideración de imprescriptibles y no amnistiables». Las formaciones también han acordado que el Valle de los Caídos vuelva a la denominación original de ‘Cuelgamuros’ y que las víctimas de la dictadura tengan derecho al resarcimiento de los bienes incautados, así como de las sanciones económicas impuestas por el régimen de Francisco Franco. También se amplía la consideración de víctimas hasta 1982.

Las fuentes jurídicas consultadas por este diario consideran que "el papel lo aguanta todo" pero ningún juez podrá abrir una causa basándose en esta aclaración porque va contra el principio de irretroactividad del artículo 9.3 de la Constitución Española, uno de los principios del Estado de Derecho.

Los redactores de la ley ven posible abrir causas

Precisamente fuentes jurídicas que participaron en la redacción de la Ley de Memoria Democrática socialista consultadas por este diario reconocen que la enmienda de los partidos del Gobierno choca con el principio de irretroactividad, así como con la prescripción de los delitos y la jurisprudencia del Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, que han rechazado abrir causas por crímenes de lesa humanidad por asesinatos o torturas cometidas durante el franquismo.

Aún así, las fuentes jurídicas del entorno del Gobierno consultadas ven posible que se abran causas judiciales en caso de que la ley se aplique con dicha enmienda porque la nueva norma "refleja la creación de una Fiscalía de Memoria Democrática que precisamente presentará las querellas siguiendo la línea argumental del Derecho Internacional Humanitario. No es lo mismo que se presenten querellas aisladas de víctimas o asociaciones a que lo haga la Fiscalía", exponen. El Consejo Fiscal aprobó en abril el anteproyecto de ley de Memoria Democrática en el que se refleja la creación del departamento del Ministerio Público gracias al voto determinante de la fiscal general Dolores Delgado, con la oposición de los miembros conservadores.

Frente a dicho argumento, expertos en Derecho Penal consultados consideran que "la Amnistía no es una ley de punto y final, como las leyes de Argentina, Chile o contra dictaduras latinoamericanas, sino que es una ley democrática aprobada por el impulso de las fuerzas políticas con la resistencia de la derecha franquista que no la quería. Lo que buscan con esta iniciativa es atacar a la Transición y lo siguiente es ir a por la Constitución", consideran. Expertos en Derecho Constitucional ven que la enmienda introducida convierte la Ley de Memoria directamente en inconstitucional por el incumplimiento del citado principio de irretroactividad. Además de considerarla "imposible" de aplicar jurídicamente hablando ven que se introduce de una manera "unidireccional, sin consultar con el resto de partidos del Congreso", a pesar de que supone un "ataque a una de las leyes clave de la Transición" y al "consenso" que permitió la democracia española.