El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso presentado por la defensa de la exdiputada y expresidenta del Parlament Laura Borrás, a quien la semana pasada la Junta Electoral Central (JEC) dejó sin escaño en la cámara autonómica tras su condena judicial de cuatro años y medio de prisión. También se enfrenta a una inhabilitación por prevaricación de trece años por un delito continuado de falsedad en documento oficial y por prevaricación. Igualmente, se solicita una multa de 36.000 euros. Así se ha pronunciado la Sala de lo Contencioso-Administrativo este lunes, rechazando la medida cautelarísima solicitada por la propia exrepresentante pública.

A raíz de la condena de Borrás, el jueves 3 de mayo la JEC dejó sin efecto su credencial como diputada del Parlament, al apreciar una causa de inelegibilidad sobrevenida por su condena penal. El alto tribunal señala que el escrito de Borrás no ofrece "ningún argumento" para justificar la urgencia que requiere una suspensión cautelarísima sin oír, en este caso, a la Junta Electoral Central.

En el mismo auto, la Sala Tercera acuerda incoar un incidente cautelar ordinario, concediendo a la representación procesal de la Junta Electoral Central y al Ministerio Fiscal un plazo común que finalizará a las 15:00 horas del próximo 12 de mayo para que efectúen alegaciones sobre la medida cautelar.

Respecto a un recurso planteado contra el mismo acuerdo por el Parlamento de Cataluña, en el que no se pedía la suspensión cautelarísima sino la cautelar ordinaria, el Supremo ha dado diez días a la Junta Electoral Central para alegaciones antes de decidir sobre la medida cautelar.