El Tribunal Supremo tendrá que decidir si la Guardia Civil tiene que aplicar la misma vara de medir ante un caso de acoso laboral que el que aplican otras administraciones públicas a sus funcionarios o las empresas privadas. Una agente de la Benemérita ha interpuesto un recurso de casación para que el Alto Tribunal unifique criterio comparando el suyo con el caso, muy similar, de un policía local de Torrevieja.
En septiembre 2018, la agente Cristina (cambiamos el nombre para preservar su anonimato) empezó a desempeñar sus labores en el Grupo de Información de Pontevedra. Llegó al puesto propuesta por el comandante jefe de Personal y Apoyo, que era su marido. Un año después, estando embarazada de 37 semanas, informó a la Oficina de la Plana que iba a empezar a coger la baja por ser de "riesgo". Ahí empezaron los problemas.
Su jefa, la entonces teniente Pérez, no tuvo conocimiento de la tramitación oficial del permiso, por lo que la llamó para que se reuniesen. En ese encuentro, la superior le dijo que "tú has venido [al puesto de Información] como has venido", refiriéndose a que la había colocado allí su marido "por un tema de conciliación", según recoge la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG). Pérez se opuso en 2018 a que se le diese la plaza a Cristina porque hacía falta un "técnico y había otro candidato que consideraba que se podía adecuar más al puesto".
Cambio de notas
Durante los años previos a llegar a Pontevedra, Cristina había recibido notas muy altas, superiores al 9, en la evaluación anual que se hace en la Guardia Civil. Pero en octubre de 2020, su calificación bajó tres puntos, y en 2022 llegó al 4,72 correspondiente a los dos años anteriores. En la primera rebaja de nota, su jefa dijo que de los dos años y tres meses que llevaba en el puesto sólo había podido ejercer 14 meses, por lo que era "difícil" puntuarla mejor.
Aunque Cristina recurrió y consiguió que dejaran sin efecto las malas notas y con el mandato de revaluarla (algo poco común en la Guardia Civil), los inconvenientes en la unidad se siguieron produciendo. La sentencia del TSJG da por probado, por ejemplo, que un subteniente ordenó a su superior jerárquico, una cabo, que le comunicase cada vez que la agente se levantaba de la silla. Ante estas actitudes, pidió un traslado a Las Palmas por un periodo de tres meses que le fue concedido, aunque la ya capitana Pérez informó verbalmente en contra.
Lo puso en conocimiento
En septiembre del 2021, Cristina, con su último hijo con dos años ya, pidió flexibilidad horaria para poder conciliar con ellos. Pero el coronel jefe de la Comandancia se lo denegó. Quería poder entrar y salir una hora antes de su horario. Entonces mantuvo una reunión con él en la que le expuso la situación que estaba viviendo en el grupo. La cita la grabó íntegramente y la aportó al juzgado. En ella se la escuchaba varias veces decir la palabra "acoso", pero su superior sólo vio rencillas laborales y no abrió ningún expediente.
En enero de 2022, Pérez fue un paso más allá y pidió que la cesaran de la unidad, pero un general de brigada lo rechazó por "falta de motivación". Al mes siguiente, Cristina pidió unos días de descanso por exceso de jornada. Le dieron algunos, pero otros fueron denegados por "necesidades del servicio". En julio de 2023 el Juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de Pontevedra declaró nulas las resoluciones que le habían denegado los descansos.
Con todo esto, su estado de salud comenzó a resentirse. El 19 de agosto de 2022, fue atendida de urgencia por una crisis de ansiedad vinculada a problemas en el trabajo. Posteriormente, el 10 de agosto de 2023, causó baja médica con diagnóstico de síndrome ansioso-depresivo. Paralelamente, la Dirección General de la Guardia Civil acordó el 9 de agosto de 2023 su cese en el Grupo de Información de Pontevedra, quedando adscrita a la Comandancia a la espera de nuevo destino. El tribunal gallego no vio acoso en los hechos probados. En su sentencia señalan que Cristina no llevó el asunto por las vías oficiales, a pesar de haberlo puesto en conocimiento de un superior.
Mismo caso que en Torrevieja
Ahora ha llevado su caso ante el Tribunal Supremo. Su abogado, el ex secretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez, ha presentado un recurso de casación. Considera que en su caso, la Justicia gallega fue más restrictiva a la hora de considerar si sufrió acoso laboral, algo que desestimó.
Su defensa compara su caso con el de un policía local de Torrevieja que sufrió una situación muy similar en su puesto de trabajo. Permisos denegados, cambios de turnos sin previo aviso, denegación de vacaciones o de asuntos propios, entre otros. La sentencia de este agente, por parte del Tribunal Constitucional en febrero de este año, le dio la razón al aplicar un criterio más flexible.
La sentencia del TSJG, de junio, aplicó una interpretación restrictiva, formalista y fragmentada, que dificulta el reconocimiento del acoso laboral y la protección efectiva de la víctima" a ojos de Martínez. El tribunal dejó el caso en la "interpretación del superior jerárquico" de Cristina que no hizo "ninguna investigación de los hechos". "En la práctica, esta interpretación elimina la virtualidad práctica de cualquier protocolo frente al acoso, pues convierte la respuesta de la Guardia Civil en una decisión discrecional del 'mando', tomada por el mismo superior jerárquico a quien se acusa, precisamente, de tolerar el acoso", recoge su recurso.
El TSJG aludió, entre otras, a que el "el concepto de acoso debe ser restringido en los términos del artículo 3, apartados tercero y cuarto, del protocolo [de la Guardia Civil], por la naturaleza de esta institución". Es decir, que la Benemérita tiene que regirse por criterios distintos a los que se aplican a cualquier otro trabajador. Eso es lo que tendrá que decidir el Tribunal Supremo en el caso de Cristina.
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