La nueva Ley de Memoria Democrática comienza a recorrer instancias judiciales para que los jueces determinen cuál será su alcance. El Juzgado de Instrucción número 8 de Barcelona se había negado a investigar una querella por torturas de la policía franquista al sindicalista Carles Villarejo por creer que los hechos habían quedado amnistiados en la Ley de Amnistía de 1997. La Fiscalía de Barcelona --en consonancia con un informe de la Fiscalía de Memoria Democrática que dirige Dolores Delgado-- ha presentado ya un recurso ante la Audiencia Provincial para que se inicien las pesquisas.

La jueza Carmen García rechazó el pasado 11 de octubre la admisión a trámite de la denuncia del sindicalista que pasó 20 días detenido en los calabozos de la comisaría de Policía de la Vía Laietana en 1970 porque estaban "prescritos y amnistiados". Vallejo asegura que durante su retención sufrió todo tipo de torturas físicas y psicológicas y presentó una querella contra mandos de la Brigada Político Social con la que la Fiscalía de Memoria Democrática se había posicionado a favor. La magistrada señaló que la había abundante jurisprudencia --del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional-- por la que es imposible investigar torturas del franquismo. "¿Hay de entenderse que esta ley deroga la ley de amnistía o permite la apertura de procesos penales por delitos prescritos o amnistiados?", se preguntaba la jueza.

La Fiscalía señala ahora que la Ley de Memoria Democrática reconoce el derecho a la justicia de las víctimas y considera que el archivo es prematuro y que no se puede rechazar de plano investigar, según ha informado el Ministerio Público. "Se trata de realizar una aplicación del principio pro actione y del derecho a la justicia integradora de una interpretación con enfoque de derechos humanos y respetuosa con los principios vertebradores del Derecho internacional de los Derechos Humanos y de los Tratados y Convenios sobre la materia", rezan.

La querella fue interpuesta el pasado 17 de noviembre de 2022 y relata los hechos como delito de lesa humanidad y tortura en contexto de crímenes contra la humanidad. En el informe que rubrica Dolores Delgado y que fue enviado al fiscal de Barcelona se basa en explicar que la nueva Ley trae un cambio de paradigma que implica la obligación de investigar aunque luego el caso no termine con sentencia condenatoria.

"El deber de investigar alegado por el Ministerio Fiscal en su informe no tiene
naturaleza sustantiva ni sancionadora;
sus efectos se despliegan en el plano procesal, pues el derecho de las víctimas a la justicia y la investigación de las violaciones de derechos humanos producidas en un contexto de crímenes contra la humanidad", esgrime Delgado en un informe de ocho páginas.

Por eso, contestan a la magistrada, que centrar su argumentación en el principio de irretroactividad y prescripción en este momento es "prematuro". Con la nueva Ley, dice, no se puede rechazar directamente la denuncia sino que hay que iniciar diligencias para determinar "los contornos de los hechos denunciados, las circunstancias contextuales, posibles patrones de conducta y cuantos otros elementos puedan resultar relevantes".