La Corte Suprema de Argentina ha suspendido este viernes, ante el reclamo de una organización ambientalista, la vigencia de una artículo de un decreto por el que el presidente del país, Javier Milei, derogó en 2023 una ley que limitaba la venta de tierras a extranjeros.
Según el fallo del Supremo al que tuvo acceso EFE, el máximo tribunal ha dictado una medida cautelar que suspendió la derogación de Ley de Tierras Rurales.
En diciembre de 2023, pocos días después de asumir el Gobierno Milei firmó el decreto de necesidad y urgencia 70/2023, con amplias medidas de desregulación de la economía, entre ellas la derogación de la Ley de Tierras aprobada por el Parlamento a finales de 2011 y que establece límites a la compra de tierras por parte de extranjeros.
Dos organizaciones recurrieron a la Justicia en contra del artículo de aquel decreto referido a la Ley de Tierras: el Centro de Excombatientes en las islas Malvinas (Cecim) de la ciudad bonaerense de La Plata y la Asociación Civil Árbol de Pie, una organización ambientalista de la ciudad de Bariloche, en la sureña provincia de Río Negro.
El pasado 29 de septiembre, la Corte Suprema -con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti- había revocado una sentencia de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional el decreto de Milei a petición del Cecim, que había invocado la protección de la soberanía del país.
En aquel fallo, la Corte determinó que el centro de excombatiemtes no tenía legitimación para hacer un reclamo judicial contra el decreto presidencial.
La decisión del Supremo desató un fuerte rechazo y la oposición acordó avanzar en un proceso parlamentario para anular el decreto de Milei, pero no solo en lo referido a la Ley de Tierras sino en todos los aspectos de la resolución presidencial de 2023, que incluye todo tipo de desregulación en asuntos tan diversos como comercio exterior, alquileres, servicios privados de salud y tarjetas de crédito.
En medio de la creciente polémica, los jueces supremos se convocaron de urgencia para tratar el reclamo judicial hecho por la Asociación Árbol de Pie, que en su reclamo invocó la protección del derecho constitucional a un ambiente sano.
Sin ninguna medida previa dictada en esta causa en instancias anteriores, el máximo tribunal resolvió este viernes dictar una medida cautelar interina que suspende la derogación de la Ley de Tierras hasta que los tribunales inferiores analicen el reclamo de Árbol de Pie.
El fallo fue dictado por Rosatti, Lorenzetti y los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci, mientras que Rosenkrantz votó en disidencia.
El fallo de la Corte remarca que el primer deber de los jueces es "ser celosos custodios de la Constitución Nacional y de las leyes", y señaló que la confianza en el Poder Judicial requiere la aplicación razonable de las normas "a las circunstancias particulares de cada caso".
En su presentación, la asociación Árbol de Pie había señalado que el artículo 154 del decreto de Milei ponía en riesgo la utilización racional de los recursos, la preservación de la naturaleza y de la diversidad biológica.
En agosto pasado el Senado de Argentina aprobó y giró para su debate en la Cámaera de Diputados un proyecto de ley sobre "inviolabilidad de la propiedad privada" impulsado por el Gobierno que incluía flexibilizaciones a los límites impuestos en la Ley de Tierras de 2011, pero ese capítulo fue eliminado de la iniciativa en la instancia de discusión en la Cámara Alta por el fuerte rechazo que generó entre los bloques opositores.
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