Después de que el "sí" ganara este domingo con dos millones de votos, según las cuentas de la Generalitat, en un referéndum inaudito e inverosímil para el Gobierno, el presidente catalán, Carles Puigdemont, se dispone a seguir su hoja de ruta independentista. El siguiente paso, tal y como refleja la Ley de Referéndum y la Ley de Transitoriedad aprobadas en el Parlament el 6 de septiembre, es la DUI (Declaración Unilateral de Independencia), como ya adelantó el president tras conocer los resultados de la consulta.

  • ¿Qué es la DUI?

La DUI es una variante de la Declaración de Independencia que se establece cuando un gobierno proclama a un territorio como Estado soberano sin que exista un protocolo bilateral de acuerdo sobre la secesión. Este procedimiento es similar al que llevó a cabo Kosovo, en 2008, cuando el Parlamento declaró su escisión de este territorio del resto de Serbia, de forma que dio lugar a un nuevo país, la República de Kosovo.

  • ¿Cuál es el procedimiento?

Según recoge la Ley de Referéndum, una vez salga el "sí" en la consulta del 1-O, el articulado exige proclamar la República catalana en un plazo menor a 48 horas. Es decir, antes del 4 de octubre de 2017. Durante este tiempo, según explicó el portavoz de JxS, Lluis Corominas, la Ley de Transitoriedad funcionará como “ley suprema” en Cataluña hasta la redacción de la futura nueva Constitución.

  • Plazos

La Ley de Transitoriedad establece un plazo de seis meses para el “proceso deliberativo”, entre la proclamación del resultado del 1-O y la convocatoria de elecciones para la asamblea constituyente. Los redactores de la ley prevén un plazo similar para que la asamblea apruebe una Constitución que será sometida de nuevo a referéndum, tras lo cuál se convocarían elecciones legislativas ordinarias. En total, un mínimo de un año para que la nueva república eche a andar.

  • La República Catalana

Una vez proclamada la República catalana, la Generalitat, según el borrador de la nueva ley, pasará a llamarse Administración de la Generalitat, reemplazando de esta manera a la actual Administración del Estado en Cataluña. De esta forma, el presidente de la Generalitat, en este caso Carles Puigdemont, asume de modo transitorio el papel también del jefe del Estado bajo la denominación de Presidente de la República. Será la Constituyente la que decida si ambas figuras se mantienen fusionadas o no en la futura República Catalana.

  • Doble nacionalidad

La constitución de la República catalana no borraría la nacionalidad española de sus habitantes actuales. La Ley de Transitoriedad recoge en el Título 1 el derecho a la doble nacionalidad de los ciudadanos. Esto es, que los extranjeros que residan en Cataluña deberán acreditar su residencia en este territorio desde el año 2012 para adquirir la nacionalidad catalana. “La ley española es muy racista porque diferencia entre comunitarios y no comunitarios y entre éstos los que vienen de antiguas colonias, nosotros lo unimos todo”, ha señaló el cupero Benet Salellas.