El PP quiere elevar hasta los seis millones de euros las multas a los directivos y personal administrativo de las sociedades y fondos de inversión, con sanciones mínimas de cinco millones de euros en caso de infracción muy grave, y contemplando una posible inhabilitación.

Así figura en las enmiendas del PP -a las que ha tenido acceso Europa Press- al proyecto de ley sobre información no financiera y diversidad que tramita en estos momentos el Congreso, procedente del decreto ley que transpone la normativa comunitaria en esta materia.

Entre las aportaciones llevadas al Congreso por los populares hay varias modificaciones de la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva de 2003, que regula la actividad de sociedades de inversión, como las Sicavs, o los fondos de inversión.

En ella se contemplan sanciones a directivos y personal administrativo para las infracciones muy graves de un importe no superior a 300.000 euros. El PP propone que esta no baje de los cinco millones de euros y pueda llegar a seis millones. En el caso de las graves, pide que la sanción oscile entre el millón de euros y los cinco millones (en la actual el máximo es de 150.000 euros).

Asimismo, introduce la posibilidad de inhabilitar a estos inversores para ejercer cargos de administración o dirección en esta o en cualquier entidad financiera de la misma naturaleza, extremo no contemplado actualmente para las infracciones más graves.

Revelar la identidad del infractor

Actualmente, las sanciones impuestas en los últimos cinco años por comisión de infracciones graves y muy graves se hacen constar en el registro de la CNMV, con acceso libre al público. El PP pretende con sus enmiendas llevar a la página web esa información sobre los infractores, incluidas aquellas sanciones por infracciones leves.

Sin embargo, propone contemplar excepciones a la hora de revelar la identidad de la sociedad o los datos personales de las personas físicas o incluso demorar la publicación de la sanción impuesta en determinados casos.

Concretamente, en aquellos en los que la CNMV considere que su publicación "atendiendo a las circunstancias del caso, es desproporcionada o pone en peligro la estabilidad de los mercados financieros o una investigación en curso". Todo ello "siempre que la estabilidad de los mercados financieros no corra peligro y no sea más proporcionado medidas de menor importancia", apostilla.

Multas según el beneficio obtenido

El PP también endurece económicamente las sanciones por infracciones muy graves, que en la norma actual pasan por un mínimo del beneficio bruto obtenido como consecuencia de los actos u omisiones de la infracción, y que pasaría a ser el doble de ese beneficio o pérdidas evitadas cuando estos resulten cuantificables.

En caso de que no resultaran cuantificables, la anterior ley establecía multa de hasta 300.000 euros, aunque el PP no recoge esta posibilidad. También deja como opción una multa de entre el 10% y el 20% del volumen de negocios total anual de la empresa según cuentas más recientes disponibles, y si la entidad es matriz o filial de la que elabora estados financieros, el volumen de negocios total