Política

El antecedente del caso Cifuentes: siete años de inhabilitación por falsear una nota

Una alumna fue juzgada por los delitos de prevaricación y falsedad en documento público, aunque absuelta, no así un catedrático y una profesora

El antecedente del caso Cifuentes: siete años de inhabilitación por falsear una nota

Cifuentes y Rajoy este lunes en la entrega del Pemio Cervantes EFE

El 10 de febrero de 2017 el Tribunal Supremo condenó a siete años de inhabilitación a un catedrático de la Universidad de Granada por aprobar a una alumna sin que esta se examinara de la asignatura y se matriculara fuera de plazo. La misma pena fue confirmada a una profesora que, como el catedrático, resultó condenada por prevaricación. La alumna fue juzgada aunque, su caso, absuelta tanto del delito de prevaricación como del de falsedad de documento público. Salvando las distancias, que las hay, el caso tiene enormes similitudes con el que la Fiscalía investiga respecto al máster de Derecho Público que la presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, asegura que cursó en la Universidad Rey Juan Carlos entre 2011 y 2012.

Esta sentencia del Tribunal Supremo se ha convertido en una especie de libro de cabecera en la URJC, pendiente de la investigación abierta por la Fiscalía, ajena por completo al calendario político que ha puesto fecha de caducidad a la presidencia de Cifuentes a través de una moción de censura presentada por el PSOE.

Título habilitante

El caso sobre el que sentencia el Supremo arranca en 20o8, cuando la alumna de la Facultad de Pedagogía de la Universidad de Granada J.G.A.   se dirige a la entonces jefa de sección y adjunta a la administradora de la facultad de Ciencias de la Educación, Carmen Cara, para explicarle que le resulta imposible acudir a las clases y realizar los exámenes dado que vive en Cádiz. Su problema, según recoge el texto del Supremo, radicaba en que "necesitaba aprobar alguna asignatura para poder acceder al derecho de compensación (...) pues no reunía los requisitos exigidos para la obtención del correspondiente título" y pensaba, además, abrir un centro de pedagogía. En su caso sí se trataba de un título habilitante, no de un mero máster.

La alumna recibió un sobresaliente en una asignatura no cursada para la que se matriculó fuera de plazo

La jefa de Sección puso el caso en conocimiento del titular del departamento de Didáctica y Orientación Escolar, Fernando Peñafiel Martínez, "consintiendo el aprobarla sin que ésta tuviera que realizar ningún examen, aún sin conocerla y sin que hubiera podido asistir a ninguna de sus clases hasta ese momento", pues, da la casualidad, de que entonces la alumna "si ni quiera estaba matriculada". Fue después, cuando la funcionaria le comunicó por correo electrónico que sus gestiones habían dado fruto, que J.G.A. se desplazó a Granada varios días después para pagar la asignatura. Pero el profesor no sólo se limitó a aprobarla, sino que la calificó con un "sobresaliente".

Cifuentes también se matriculó en el máster fuera de plazo, aunque lo justificó en el hecho de que no se habían cubierto todas las plazas. Además, también obtuvo sobresalientes en asignaturas que se impartieron cuando ella todavía no era alumna del postgrado. Admite que los profesores se adaptaron a sus "especiales circunstancias", sobre todo tras ser nombrada Delegada del Gobierno en Madrid, lo que le permitió no acudir a clase y sustituir los exámenes por trabajos y tutorías, tal y como ella misma ha venido explicando en distintas comparecencias públicas.

Un intercambio de correos electrónico sirvió de prueba irrefutable para la condena

En el caso de Granada, la jefa de sección y la alumna se intercambiaron correos, que resultaron ser una de las pruebas en su contra durante el juicio. La primera le trasladó a la segunda que había solucionado el problema "hablando con un profe amigo mío que imparte una asignatura en primer cuatrimestre y que me ha dicho que te la va a probar sin que vengas siquiera al examen". Era 9 de enero de 2008, día en que la profesora además la matriculó "sin que conste ninguna solicitud previa al efecto ni resolución estimatoria".

"Careciendo de cualquier mérito"

El 7 de marzo subió el sobresaliente a su expediente académico "y ello, sin que hubiera realizado examen de ningún tipo y sin que tampoco hubiera asistido a clase (...) ni la alumna hubiera desarrollado trabajo o tarea alguna de las indicadas en el programa de la asignatura ni ninguna otra. En definitiva -sentencia la Audiencia Provincial de Granada y asume el TS- careciendo de cualquier mérito".

El TS confirmó así la condena tanto al catedrático como a la profesora de siete años de inhabiltiación especial para empleo o cargo público por sendos delitos de prevaricación, aunque resultaron absueltos del de falsedad en documento público del que habían sido también acusados. Por su parte, la alumna también se sentó en el banquillo aunque resultó exonerada de ambos delitos, sin, ni siquiera, imposición en costas.

El Supremo señalaba en su sentencia que si bien reconoce el derecho a la autonomía universitaria y a la libertad de cátedra, "ésta nunca constituye, o, al menos, no debe constituir, una carta en blanco para expedir la acreditación de suficiencia de conocimientos de modo libérrimo y, menos, exento de control que excluya la arbitrariedad".

El profesor "no llegó a examinar bajo ninguna modalidad imaginable a la alumna"

Da por probado que la alumna "no asistió a las actividades académicas de docencia de la asignatura y el profesor acusado no la conocía". Pero además defiende al alto tribunal en esa sentencia que las premisas permiten concluir que el catedrático, que recurrió ante el TS, "no llegó a examinar bajo ninguna modalidad imaginable a la alumna y que no le constaba el nivel de conocimiento de la materia evaluada".

"Quebrar" la confianza

Tras acusar al catedrático de "quebrar"  la confianza puesta en él por el sistema académico, pone el acento en que además la alumna "ni siquiera pudo ofrecer alguna referencia" sobe su examen. "Tales como día, lugar, etc... Ausencia absoluta del más mínimo de los rastros sobre la convocatoria y celebración de ese examen, como sería de esperar, incluso de burlarse las exigencias usuales de convocatoria pública y documentación de su celebración".

Cifuentes, en cambio, asegura que el 2 de julio de 2012 acudió al campus que la URJC tenía en Vicálvaro (Madrid) a las 4 de la tarde para exponer su trabajo fin de máster ante un tribunal de tres personas. En cambio, el único acta que hay de ese hecho está falsificada por la Universidad y el trabajo sigue sin aparecer.

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