No fue una violación sino un delito continuado de abuso sexual el que cometieron los cinco miembros de 'La Manada' la noche del 6 al 7 de julio de 2016 contra una joven madrileña durante los San Fermines. Aquella noche no hubo consentimiento por parte de la joven para mantener relaciones sexuales pero éstas tampoco se produjeron previa violencia ni intimidación por parte de los condenados. Así lo ha sentenciado el tribunal que ha juzgado a los acusados de abusar conjuntamente de una mujer, según el fallo hecho público esta mañana por el presidente de la sección segunda de la Audiencia de Navarra, Francisco Cobo.

Un delito por el que se les condena a los cinco jóvenes sevillanos -uno de ellos guardia civil y otro militar-a 9 años de prisión, una pena muy por debajo de las reclamadas por la Fiscalía, la acusación particular y popular, que oscilaban entre los 22 y los 25 años. Los jueces consideran que no existió ni agresión ni intimidación en los hechos juzgados, pero sí ven el agravante de "prevalimiento", una posición de superioridad ante la joven de la que se habrían valido. Por todos ello, dicta una sentencia a medio camino entre la absolución solicitada por las defensas y las penas mucho más elevadas por violación reclamadas por las acusaciones. Sus defensas habían defendido que la relación mantenida había sido consentida.

La sentencia no se ha adoptado por unanimidad de los miembros del tribunal. Así, el fallo hecho público ha sido respaldado por los magistrados José Francisco Cobo y la magistrada Raquel Fernandino. En cambio, el juez Ricardo González ha emitido un voto particular al considerar que los cinco acusados debían ser absueltos. Se trata del mismo juez que se había manifestado partidario de decretar la libertad provisional de los ahora condenados mientras esperaban la lectura de la sentencia tras culminar el juicio en noviembre.

El fallo, que ha suscitado una gran expectación en el interior y exterior de la Audiencia, ha sido recibida con una gran indignación y malestar por parte de las asociaciones feministas que se habían concentrado en la entrada del Palacio de Justicia para escuchar el fallo, que han recibido al grito de "no es abuso, es violación". Entre ellas, la madre de Nagore Laffage, quien falleció en los sanfermines de 20o8 a manos de José Diego Yllanes. El momento de mayor tensión se ha vivido a la salida de los abogados de la defensa. La Policía Foral de Navarra ha tenido que intervenir para restablecer la normalidad en el exterior de la Audiencia a la que muchas de las presentes querían acceder. Diversas asociaciones feministas y de apoyo a la mujer han convoado ya concentraciones en diversas ciudades de España para protestar por la sentencia.

Sin consentimiento, sin violencia

El tribunal los condena por abusos sexuales -pese a que no aplica la pena máxima posible de 10 años prevista par este delito- y no por agresión sexual, delitos que se diferencian por el uso de la violencia y la intimidación, con lo que entiende que los abusos contra la joven de 18 años en un portal de la calle Paulino Caballero de Pamplona se produjeron sin consentimiento pero sin que concurrieran esas circunstancias.

Por ello absuelve a los cinco acusados de los delitos continuados de agresión sexual, robo con violencia e intimidación y contra la intimidad, si bien a uno de ellos lo condena por el hurto del teléfono de la víctima pero al pago de una multa. Tampoco ve delito en el hecho de que los condenados grabaron el acto en el que cometieron el abuso sexual que ahora falla el tribunal.

En primer lugar se ha mencionado a José Angel Prenda, 'El Prenda' considerado líder de 'La Manada', al que se condena a 9 años de prisión e inhabilitación al derecho de sufragio pasivo. También se le prohíbe a acercarse a la víctima a menos de 500 metros durante los cinco años de libertad vigilada al que será sometido tras el cumplimiento de la pena. Asimismo deberá abonar una tercera parte de las costas procesales. Los otros cuatro condenados, Antonio Manuel Guerrero,  Jesús Escudero, Angel Boza y Alfonso Jesús Cazuelo han sido condenados también a la misma pena por abusos sexuales continuados. Todos han sido condenados ha pagar una indemnización conjunta de 50.000 euros.

La condena finalmente impuesta a 'La Manada' dista mucho de la petición hecha por la Fiscalía durante la vista oral. La fiscal Elena Sarasate había solicitado que fueran condenados a 22 años de prisión por un delito continuado de agresión sexual, un delito contra la intimidad de la joven por haber sido grabada en vídeo y otro por el robo de su terminal telefónico. En su exposición durante el juicio aseguró que no era creíble la tesis de la defensa apuntando hacia un posible consentimiento de la víctima a mantener relaciones sexuales con los encausados. La fiscal recordó que ese tipo de relaciones sexuales en grupo que los condenados tildaron de "habituales" no lo eran para la joven y que menos aún habiéndolos conocido apenas unos minutos antes.

El abogado Agustín Martínez Becerra, defensor de cuatro de los cinco acusados de violar a una joven en los sanfermines de 2016, siempre ha defendido la inocencia de sus defendidos asegurando que las relaciones las mantuvieron de modo consentido con la joven. A la salida, tras escuchar el fallo, ha asegurado sentirse "decepcionado" y ha anunciado que recurrirá la sentencia. Poco antes, a su llegada a la Audiencia de Navarra, había manifestado que, en su opinión, "la única sentencia justa sería una sentencia absolutoria". Esa es la sentencia que debería ser "en base no al juicio paralelo realizado en redes sociales sino al juicio celebrado en noviembre. En virtud de ese juicio lo único posible es una sentencia absolutoria".

El letrado se ha pronunciado en este sentido momentos antes de que la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra dé a conocer en lectura pública el fallo por el juicio celebrado hace ya cinco meses a cinco jóvenes sevillanos, conocidos como La Manada, acusados de violar a una joven madrileña en la madrugada del 7 de julio de 2016 en un portal de Pamplona.

Expectación mediática

Con este fallo, los condenados podrán comenzar a disfrutar de permisos penitenciarios una vez cumplida la tercera parte de su condena, es decir transcurridos tres años. Todos ellos suman ya dos años entre rejas, con lo que en apenas doce meses, y una vez que la sentencia sea firma, podrían acceder a los primeros permisos.

Desde hace ya días se barajaba que antes de finalizar el mes de abril se conocería esta sentencia que ha generado una importe expectación, con medio centenar de medios acreditados, igual que los hechos denunciados provocaron en su día importantes muestras de rechazo. El fallo ha llegado cinco meses después de dejar el caso visto para sentencia y rodeado de un vivo debate, al que han contribuido las redes sociales y los pronunciamientos de las defensas en los medios, pero también la falta de unanimidad en cuestiones previas por parte del tribunal juzgador.

Los procesados se enfrentaban a los delitos de agresión sexual continuada, contra la intimidad y robo con intimidación, por los que la Fiscalía pedía 22 años y 10 meses de prisión para cada uno de ellos y el pago de una indemnización conjunta de 100.000 euros. Las penas se elevaban hasta los 24 años y 9 meses en el caso de la acusación particular, y a 25 años y 6 meses y 25 años y 9 meses en el de las acusaciones populares ejercidas por el Ayuntamiento de Pamplona y el Gobierno de Navarra, más indemnizaciones todos ellos de 250.000 euros.

Ni la joven madrileña ni los acusados, que permanecen en prisión desde que se denunciaron los hechos, han estado presentes en la lectura del fallo de la sentencia. Pese a ello los periodistas acreditados no podían acceder a la sala con cámaras ni micrófonos, aunque se distribuía una señal institucional de audio y vídeo que se podrá seguir desde una estancia colindante, en la misma planta del Palacio de Justicia de Navarra.