El Pleno del Tribunal Constitucional ha vuelto a frenar en seco un nuevo intento de investidura a distancia del expresidente Carles Puigdemont. Los magistrados del Alto Tribunal han admitido este miércoles a trámite el recurso de inconstitucionalidad del Gobierno contra la reforma de la Ley de Presidencia de la Generalitat de Cataluña, según informan fuentes jurídicas.

Asimismo, en el auto, el Alto Tribunal advierte al presidente del Parlament, Roger Torrent, y a los miembros de la Mesa de que tienen obligación de acatar dicha decisión sino quieren incurrir en responsabilidades penales.

En particular, “se advierte a todos ellos del deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada” así como de que se “abstengan de iniciar, tramitar, informar o dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, acuerdo o actuación algunos en orden a la ejecución de las previsiones contenidas en los preceptos impugnados”.

Dicha admisión a trámite supone la suspensión automática de la citada Ley durante el plazo de cinco meses; periodo de tiempo que tiene el tribunal de garantías para resolver el fondo del asunto.

Además, el Constitucional da quince días de plazo al Congreso de los Diputados y al Senado, así como a la Generalitat y Parlamento de Cataluña, para que puedan personarse en el proceso y formular las  a alegaciones que estimaren convenientes.

Un "fantasmal" Gobierno

El Ejecutivo de Mariano Rajoy, a través de los servicios jurídicos del Estado, recurrió la posibilidad de la investidura a distancia de Puigdemont alegando que “ningún candidato” puede ser investido sin estar presente en el Parlamento catalán para defender allí su programa. Además, la Abogacía del Estado también recurrió la aprobación en lectura única por la Cámara Autonómica y que prevea celebrar sesiones del gobierno catalán “a distancia, por medios telemáticos”.

En el recurso, al que ha tenido acceso El Independiente, la Abogacía del Estado pone de relieve que “nos encontramos ante una Ley de caos único, que se hace más conspicuo por la motivación técnica elegida para tratar de disimularlo; y que no es sino un nuevo ejemplo, acaso más grave, por instrumentarse a través de una Ley forma de una mayoría que improvisa y articular ad hoc su propio e insólito procedimiento de investidura, a la vez que se introduce un fantasmal Gobierno que se reúne por medios telemáticos, que no respeta la imagen e identidad de la institución como está definida estatutariamente, y la propia territorialidad de la comunidad autónoma”.