La sentencia de la Audiencia Nacional se quedó lejos de sus pretensiones. Los entre 12 y 65 años de prisión por delitos de carácter terrorista que solicitó la Fiscalía contra los ocho acusados por la agresión a dos guardias civiles y sus parejas en Alsasua finalmente se redujeron a entre 2 y 13 años de cárcel. Siete de los condenados cumplen hoy su condena en la prisión a la espera de conocer si prospera el recurso que contra su encarcelamiento han presentado las defensas, que ultiman también recurrir la sentencia.

La Fiscalía ya lo ha hecho, si bien por considerar que es insuficiente. El Ministerio Público presentó ayer el recurso ante la Sala de Apelaciones al entender que, tal y como reclamó durante el juicio, los hechos ocurridos la madrugada del 15 de octubre de 2016 en Alsasua, deben ser calificados como terrorismo y por tanto son merecedores de penas más elevadas.

El recurso llega sólo tres días antes de que en Pamplona se celebre una manifestación, que se prevé multitudinaria, de rechazo contra la sentencia que ha condenado a los ochos jóvenes de Alsasua. La marcha, que contará con el apoyo de las instituciones navarras, ha sido convocada para denunciar lo que se considera una sentencia "desproporcionada". Los organizadores tiene prevista la visita de cientos de personas procedentes de fuera de Navarra y que ya han confirmado que acudirán hasta la capital foral para participar en la marcha que recorrerá el centro  de Pamplona.

El recurso llega en vísperas de la marcha multitudinaria que el sábado en Pamplona denunciará la "desproporción" de la pena a los condenados

En su escrito de acusación el fiscal José Perals había solicitado que los ocho varones y una mujer que se sentaron en el banquillo por estos hechos fueran condenados por delitos de lesiones y amenazas terroristas. Sin embargo, la Sección Primera de la Sala de lo Penal tan sólo dio por probado que lo sucedido se corresponde con un atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas pero en ningún caso con carácter terrorista. En la sentencia se afirma que no se pudo probar que la agresión respondiera a una finalidad terrorista premeditada ni que los acusados estuvieran vinculados a ETA: "Por lo tanto, no resulta probado que tuvieran intención subvertir el orden constitucional o alterar gravemente la paz pública o provocar el terror en la gente en la localidad de Alsasua", explica la Sala en su sentencia.

Agresión "planificada"

Lo que sí dio por acreditado el tribunal es que no se trató de una mera “pelea de bar”, como han venido defendiendo desde el entorno de los acusados, y que la agresión contra los agentes y sus parejas estuvo favorecida por la manifiesta “animadversión” de los acusados hacia la Guardia Civil. El fiscal recuerda en su recurso que la propia sentencia aprecia en los ocho condenados una actuación "impregnada por una motivación ideológica derivada de la dinámica de la izquierda abertzale impulsada por el movimiento ‘Ospa’, que era uno de los movimientos a su vez impulsados por el frente de masas de ETA" que defiende la expulsión de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado del País Vasco y Navarra.

Perals insiste en que lo sucedido aquella noche en Alsasua, "se trató de un ataque premeditado y con una finalidad clara, demostrar que quien manda en Alsasua es el 'pensamiento único' y excluyente de determinadas personas que tienen secuestrada y atemorizada a parte de una población que no piensa como ellos". Además, la agresión "sirve de aviso al resto de la población de que esas personas deben ser excluidas".

El fiscal insiste en que la agresión debe ser condenada por un delito de carácter terrorista. En el juicio reclamó entre 12 y 65 años de cárcel

Tal y como intentó acreditar durante las dos semanas de vista oral, el fiscal concluye que lo que ocurrió en Alsasua no fue una pelea de bar ni una trifulca. “Fue una agresión planificada y organizada contra dos miembros de la Guardia Civil y sus parejas con una finalidad terrorista”. Añade que la finalidad de actos como la agresión en el bar ‘Koxka’ de la localidad es expulsar a los miembros de la Guardia Civil “de un territorio que los acusados consideran suyo de una manera excluyente, atemorizando además a una parte de la población que no piensa como ellos", explica Perals.

Justifica en la “herencia de décadas de terror" el "terrorismo de baja intensidad" que aún persiste en localidades vascas y navarras: "ETA no es una simple organización de pistoleros. Es un entramado mucho más complejo que conformaba tres frentes principales: el de masas, el institucional y el armado", explica. Cuestiona que en la sentencia se apela a la juventud de los acusados y su alejamiento temporal respecto al final armado de ETA en 2011, lo que en su opinión "no impide que todo este ideario que se ha ido consolidando haya finalmente calado en la mentalidad de estos jóvenes, herederos de que las ideas políticas pueden defenderse mediante la violencia y que los hayan llevado a la práctica con la finalidad ideológica de la organización terrorista".

Implantar el miedo

Recuerda que dos de los condenados, Jokin Unamuno y Adur Ramírez, se habían mostrado "especialmente activos" en el movimiento Ospa, tal y como también destaca la sentencia de la Sala de lo Penal. Añade que el "ideario o finalidad del movimiento ha sido impulsado mediante la creación de un clima de terror y coacción” que desembocó en un acto “salvaje y bárbaro” como el ocurrido en Alsasua: “Esa violencia directa y física lo que pretende es implantar el miedo, generando una sociedad atemorizada en la que los violentos y los radicales, los que prefieren la fuerza física a la palabra, la coacción al diálogo, vencen gracias al clima de terror que previamente han generado. Y sólo en momentos muy concretos y gracias a la valentía de determinadas personas se puede vencer ese terror de la población", apunta el recurso.

Si una acción se comete con una motivación ideológica impulsada por una organización terrorista, constituye terrorismo", afirma Perals

ETA anunció su disolución a principios del pasado mayo, cuando se estaba celebrando el juicio de la agresión de Alsasua, y el Ministerio Público opina que lo hizo entonces, entre otros factores, "por la presión" de este procedimiento, pero destaca que esto no quiere decir que los actos ocurridos en la localidad navarra "dejen de ser terroristas".

"Si una acción violenta se comete con una motivación ideológica impulsada por una organización terrorista, dicha acción constituye terrorismo aunque el sujeto no esté integrado en una organización terrorista", remarca. Para el fiscal, los condenados "atacaron el bien jurídico protegido de autoridad, pero hubo algo más, una finalidad de asegurar una política de coacción e intimidación contra los guardias civiles y sus familias para que no puedan relacionarse ni vivir en aquellos territorios que consideran suyos". "Y esta es la finalidad terrorista, conseguir mediante la violencia el éxito de unas ideas políticas", concluye.