El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado hoy a España por no atender la recusación por parcialidad que presentaron Arnaldo Otegi y otros cuatro dirigentes de la izquierda abertzale en 2011 contra la jueza de la Audiencia Nacional, Ángela Murillo. De este modo, el Alto Tribunal Europeo, que no cuestiona ni anula la sentencia, se pronuncia ante el recurso presentado por los cinco condenados por el llamado 'caso Bateragune', por el que fueron condenados por intentar reconstruir la ilegalizada Batasuna  en el año 2011 bajo "las directrices de ETA", según señalaba la sentencia. Ahora el tribunal europeo concluye que "el recelo de los demandantes (hacia Murillo) podía considerarse objetivamente justificado", teniendo en cuenta que dos meses antes el Tribunal Supremo había aceptado su recusación en otro caso anterior. Por ello, y por unanimidad los siete magistrados del TEDH concluyen que no tuvieron un proceso imparcial.

 

Otegi, al igual que el histórico dirigente de LAB, Rafael Díez Usabiaga fue condenados en septiembre de 2011 por pertenencia a ETA y tras cumplir seis años y medio de prisión salió en libertad, al igual que el resto de condenados. Sobre el líder de la izquierda abertzale pesaba además una condena de inhabilitación que le impidió presentarse como candidato a lehendakari de EH Bildu en las últimas elecciones autonómicas. La inhabilitación se prolonga aún hasta 2021.

Junto al hoy secretario general de EH Bildu y el dirigente sindical Díez Usabiaga, también fueron condenados Sonia Jacinto, Miren Zabaleta y Arkaitz Rodríguez, hoy líder de Sortu. El TEDH considera que todos ellos no tuvieron un juicio justo al haberse vulnerado el artículo 6.1 de la Convención Europea de Derechos humanos que establece que toda persona tiene derecho "a que su causa sea oída equitativa, públicamente y dentro de un plazo razonable, por un tribunal independiente e imparcial".

"Como si se va a tomar un vino"

Los condenados presentaron un recurso hace tres años, a comienzos de 2015, que ahora ha sido resuelto a su favor. En sus alegaciones cuestionaban la imparcialidad del tribunal que presidió la jueza Murillo durante la vista celebrada en junio de 2011. Murillo ya vio anulada una condena anterior a Otegi al considerar el Tribunal Supremo que había manifestado parcialidad en sus posicionamientos durante un juicio por el homenaje a un preso de ETA. Tras la repetición del mismo Otegi fue absuelto. La acusación de imparcialidad contra Murillo se basó en aspectos como la pregunta de si condenaba a ETA que le hizo a Otegi y que ante su falta de respuesta replicó asegurando "ya sabía que no me iba a contestar esa pregunta". U otro instante en el que afirmó, dirigiéndose a Otegi, "por mi como si se va a tomar un vino", manifestaciones que ya el Supremo calificó como muestras de "prejuicio acerca de la culpabilidad".

 

En una primera valoración, Arnaldo Otegi ha acusado a la justicia española de mentir y haber "construido una acusación falsa" por la que fueron encarcelados. "España queda retratada como lo que es, un estado antidemocrático".

Por todo ello, la defensa de los cinco condenados alegó que durante la vista del juicio por el proceso 'Bateragune' Murillo no podría juzgar el mismo con parcialidad tras haber sido recusada dos meses antes en un proceso anterior. Finalmente, Murillo, junto a los jueces Juan Francisco Martel y Teresa Palacio condenó a Otegi a diez años de cárcel, condena rebajada poco después por el Supremo a seis años y medio de prisión.

El varapalo de la Justicia europea a la española se produce sólo dos semanas después del aval que el mismo tribunal le otorgara en otro proceso abierto vinculado con la situación de los presos de ETA. El pasado 23 de octubre el TEDH respaldó a España por no computar los años de cárcel cumplidos en Francia por tres etarras y retrasar de esa manera su excarcelación. De este modo resolvió el recurso presentado por tres ex presos de ETA, Santiago Arróspide Sarasola, ‘Santi Potros’, Francisco Mugica Garmendia, ‘Pakito’ y Alberto Plazaola que habían solicitado que se les aplicara la directiva comunitaria referida a la homogeneización de penas dentro de la UE y por la que se les tendrían que reconocer los años de prisión cumplidos en Francia.

Egibar: "Eran inocentes desde el inicio"

El TEDH concluyó por unanimidad de los siete jueces que en sus casos no se violó el derecho a la libertad ni el derecho a no ser condenados en base a la legislación vigente. Contra esta decisión cabe recurso. En la sentencia, de 30 páginas, la Corte europea sí apoya a los etarras demandantes en un aspecto procesal y condena a España por impedir el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por parte de los demandantes y para los que establece una indemnización global de 4.000 euros.

Uno de los primeros en valorar la sentencia ha sido el portavoz parlamentario del PNV y presidente del GBB, Joseba Egibar, quien en declaraciones a la televisión pública vasca ha asegurado que los condenados por el 'caso Bateragune' "eran inocentes desde el primer momento". Ha señalado que fue "una venganza política impulsada por Rubalcaba", entonces ministro de Interior del Gobierno. Para Egibar este caso refleja que"fueron juzgados por un impulso político y han cumplido penas de cárcel: "Si vamos a aquellos años, está claro que el PSOE hizo un intento de mantener contactos con ETA tras el atentado de la T4. Eso fracasó y llegó una especie de venganza política, impulsada por Rubalcaba, para procesarlos y que pagarán lo ocurrido", ha explicado.