Política

Las claves del 'procés'

El Supremo se inclina por que Junqueras no adquiera su condición de eurodiputado

La Sala de lo Penal baraja denegar el permiso para que el líder de ERC acuda a recoger sus credenciales de eurodiputado al Congreso e impedirle asistir a la sesión constitutiva de Parlamento europeo en Estrasbrugo.

Oriol Junqueras a su llegada al Congreso de los Diputados
Oriol Junqueras a su llegada al Congreso de los Diputados | EFE

El tribunal que juzga el ‘procés’ tiene ahora encima de la mesa la ‘patata caliente’ de decidir si permite al líder de ERC Oriol Junqueras adquirir o no su condición de eurodiputado después de que el pasado 26 de mayo saliese elegido como miembro del Parlamento europeo y anunciara que dejaría su escaño en el Congreso de los Diputados rumbo al corazón del viejo continente.

Según informan fuentes jurídicas a El Independiente, la Sala que preside el magistrado Manuel Marchena baraja seriamente no dar autorización a Junqueras ni para que recoja sus credenciales de eurodiputado en el Congreso –acto indispensable para poder adquirir dicha condición- ni para que el 2 de julio asista a la sesión de constitución de la Eurocámara en Estrasburgo.

La situación de prisión preventiva del líder independentista justificaría que se quedase sin ocupar su escaño en dicha institución por orden del Supremo.

Según los trámites parlamentarios, Oriol Junqueras tendría que recoger su acta de eurodiputado en la sede de la Cámara Baja, en Madrid, en el plazo máximo de cinco días desde que la Junta Electoral Central (JEC) acuerde la proclamación de los candidatos. Se trata de un requisito sine qua non para la inclusión de cualquier persona en la lista de electos que se comunica posteriormente al Parlamento europeo.

Las fuentes jurídicas consultadas explican que el principal problema radica –si se le autoriza a salir de la cárcel de Soto del Real (Madrid) para cumplimentar dicho trámite- en la férrea inmunidad de la que gozan los europarlamentarios. Dicha condición está regulada tanto en el Reglamento Interno del Parlamento Europeo como en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, sobre privilegios e inmunidades de la Unión Europea. Europa exige de facto solicitar el suplicatorio "hasta para ejecutar una condena contra uno de sus miembros", indican las mismas fuentes.

La inmunidad de los europarlamentarios

En este sentido, el informe que los servicios jurídicos del Parlamento europeo elaboraron a petición de su presidente Antonio Tajani, al que ha tenido acceso este medio, deja claro que el artículo 9 del Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades sostiene que “mientras el Parlamento europeo esté en período de sesiones sus miembros gozarán en su propio territorio nacional de las inmunidades reconocidas en el Parlamento de su país y en el territorio de cualquier otro Estado miembro, de inmunidad frente a toda medida de detención y a toda actuación judicial”.

Asimismo, desde la Eurocámara se asegura que los europarlamentarios gozarán de inmunidad “cuando se dirijan al lugar de reunión del Parlamento europeo o regresen de este”.  Esta inmunidad se adquiriría por parte de Junqueras partir del 2 de julio a las 10 horas de la mañana.

En el caso de que el Alto Tribunal permitiera ir al líder de ERC a prometer o jurar su cargo al Congreso –escenario improbable según indican las distintas fuentes informantes- y consiguiera hacerse con dicha inmunidad, si España solicita el fin de la misma la Eurocámara lo estudiaría. Pero en ningún caso las autoridades judiciales españolas tendrían plena certeza de que Bruselas accediera a dicha suspensión. Se estudia caso por caso y se decide conforme al reglamento europeo.

Este escenario provoca que el tribunal que juzga a los líderes el ‘procés’ -cuya vista oral se encuentra ya en la recta final- se incline por impedir que el líder de Esquerra adquiera su condición de eurodiputado.

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