El Tribunal Supremo (TS) ha dado la razón a Agbar en su litigio con el Ayuntamiento de Barcelona por la gestión del agua en la capital catalana. Una decisión que da al traste con la voluntad del gobierno local de Ada Colau de "remunicipalizar" la gestión del agua, como prometió en el pasado mandato.
La decisión judicial ha supuesto un mazazo para el gobierno local, que estudia ahora vías para intentar revertir la adjudicación a la empresa público-privada que lidera Agbar y que se hizo con la gestión del agua hasta 2047 gracias a un contrato firmado durante el mandato de Xavier Trias. Esta empresa es la encargada de prestar servicios como el suministro de agua potable, el abastecimiento de agua en baja o la depuración de aguas residuales en la región metropolitana.
El regidor Eloy Badia ha apuntado esta mañana a la posibilidad de celebrar una "consulta ciudadana" para intentar revertir la decisión del Tribunal Supremo y "rescatar" la gestión del agua. Por esta vía, el gobierno local intentaría emular al Ayuntamiento de Berlín, que ha anulado el contrato de gestión del agua con una empresa privada tras una consulta similar. Lo que parece descartado es la remunicipalización por la vía de la expropiación del servicio, por el alto coste que tendría, unos 400 millones de euros.
El Tribunal Supremo anunció ayer la sentencia que revoca la adoptada anteriormente por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), en la que anulaba la adjudicación del servicio del agua en el área metropolitana de Barcelona a una empresa público-privada. El Supremo avala la constitución de esta compañía mixta formada en un 70 % por Agbar, en un 15 % por el Área Metropolitana de Barcelona (AMB) y en un 15 % por Criteria, que el Ayuntamiento intentó anular por un defecto de forma en el contrato suscrito por el anterior gobierno local.
El Supremo estima los recursos presentados por la Sociedad General de Aguas de Barcelona (SGAB), Aigües de Barcelona y la Empresa Metropolitana de Gestión del Ciclo Integral del Agua y tumba el anterior fallo del TSJC, que en 2016 anuló la adjudicación realizada en 2012 por vía directa a la empresa mixta para gestionar el ciclo integral del agua del área de Barcelona.
El TSJC dio la razón al Ayuntamiento
El TSJC anuló esta adjudicación al estimar varios recursos contencioso-administrativos contra esta asignación, entre ellos el presentado por Aguas de Valencia, al considerar que se produjo de forma directa mediante la creación de una sociedad mixta sin publicidad ni concurrencia.
En cuatro sentencias que han sido notificadas este miércoles a las partes, el Supremo respalda la justificación de necesidad, alegada por las entidades recurrentes, de otorgar el contrato a un empresario determinado, sin que existiera una alternativa o sustituto razonable, y sin que la ausencia de competencia sea el resultado de una restricción artificial de los parámetros de adjudicación de la concesión.
La sentencia también confirma la plena competencia del Estado para otorgar la concesión de aguas a Aguas de Barcelona, concesión que tuvo lugar en 1953 y que "en modo alguno puede entenderse como provisoria", ya que el servicio no había sido municipalizado y los intentos en tal sentido en 1966 y 1982 llevados a cabo por el Ayuntamiento de Barcelona y la corporación metropolitana no alcanzaron este fin.
El texto avala asimismo la legalidad del procedimiento empleado por la administración para adjudicar el servicio -el negociado frente al de concurrencia-, ya que el mismo se encuentra amparado en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Pese a la sentencia de hace tres años del TSJC, Aigües de Barcelona ha continuado gestionando el servicio de agua en el Área Metropolitana, ya que el fallo no era firme y cabía interponer recurso de casación, que finalmente ha estimado el Supremo.
Agbar reclama ahora estabilidad y "seguridad jurídica"
Agbar considera que la sentencia del Tribunal Supremo que avala la empresa mixta que gestiona el servicio de agua en Barcelona "ratifica íntegramente" sus argumentos, y confía en que aportará "estabilidad institucional" y "seguridad jurídica".
"La resolución judicial avala que Aigües de Barcelona sea la gestora del ciclo integral del agua hasta el año 2047, en el territorio del área metropolitana de Barcelona", considera Agbar, que apunta que el Supremo ha confirmado "la legalidad de la constitución" de esta sociedad mixta y ha desestimado los recursos interpuestos contra su creación.
"La sentencia confirma que Agbar es la única empresa capaz de desarrollar este servicio para tres millones de ciudadanos de Barcelona y su Área Metropolitana. Ninguna otra compañía dispone de la titularidad de las infraestructuras e instalaciones imprescindibles para desarrollar este servicio, construidas y financiadas por Agbar", subraya el comunicado.
El grupo catalán, controlado por la francesa Suez, también subraya que la sentencia ratifica la valoración de los activos de Agbar realizada durante la constitución de la empresa mixta, equivalente a 476 millones. El precio que debería pagar el Ayuntamiento para excluir a la compañía privada de la gestión del ciclo del agua en la capital catalana y su área metropolitana.
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