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Restricciones en Madrid: qué se puede hacer y dónde está permitido ir

Aguado, Díaz Ayuso y Ruiz Escudero, en la rueda de prensa. EFE

El Gobierno de Madrid ha anunciado un amplio paquete de restricciones para intentar atajar el fuerte avance de los contagios. Para evitar que los rebrotes se extiendan por toda la comunidad autónoma y ante las "cifras gravísimas" registradas en los últimos días, el Ejecutivo ha decido aplicar limitaciones severas en 37 áreas.

¿A quién afecta?

Las restricciones no afectarán a todos los residentes en la Comunidad de Madrid, sino a quienes vivan en las 37 áreas que registran peores datos. Según ha informado el Gobierno regional, las zonas son las siguientes.

En Madrid capital: Puerta Bonita, Vista Alegre y Guayaba, en Carabanchel; Almendrales; Las Calesas, Zofío, Orcasur y San Fermín, en Usera; San Andrés, San Cristóbal, El Espinillo y Los Rosales, en Villaverde; la zona básica de Villa de Vallecas; Entrevías, Martínez de la Riva, San Diego, Numancia, Peсa Prieta, Pozo del Tío Raimundo, Ángela Uriarte, Alcalá de Guadaira y Federica Montseny, en el distrito de Puente de Vallecas; y Doctor Cirajas, Ghandi, Daroca y La Elipa, en Ciudad Lineal.

Fuera de la capital se han establecido restricciones en varios pueblos. En Fuenlabrada, Alicante, Cuzco y Francia; y también los municipios de Humanes de Madrid y Moraleja de Enmedio. En Parla, las zonas básicas de salud de San Blas e Isabel II. En Getafe, Las Margaritas y Sánchez Morate; en San Sebastián de los Reyes, la zona de Reyes Católicos; y en Alcobendas, la Chopera y Miraflores.

¿Cuándo entran en vigor?

El próximo lunes. Según precisa la Comunidad de Madrid, "las restricciones quedarán reflejadas en una nueva Orden del consejero de Sanidad que entrarán en vigor el próximo lunes, 21 de septiembre cuando se publiquen en el Boletín Oficial (BOCM).

¿Puedo reunirme con familiares o mis amigos?

Sí, pero el número de personas permitidas en cada reunión queda limitado a seis personas, salvo que se trate (obviamente) de convivientes. Los encuentros entre familiares y amigos no podrán exceder de ese número, con indiferencia de que se produzcan en espacios públicos o en recintos privados, o sea, en los domicilios. La limitación de las reuniones, además, se extiende a todos los residentes en la Comunidad de Madrid, no sólo a las 37 áreas mencionadas.

¿Cuánto durarán las nuevas restricciones?

En principio, se contempla que las medidas se apliquen durante los próximos 14 días. Después de esa fecha, el Gobierno regional decidirá si mantiene las restricciones, las endurece o da marcha atrás en algunas de ellas. Dependerá de la evolución del virus.

¿Por dónde puedo desplazarme?

La movilidad queda restringida al área donde cada uno viva. Las únicas excepciones permitidas para cambiar de zona son: "motivos laborales, médicos, accesos a centros educativos, regresar a la zona residencial; asistencia a personas mayores, menores o dependientes; acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas; acudir a exámenes o cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor".

¿Puedo salir a la calle si vivo en un área restringida?

Sí. Los ciudadanos podrán desplazarse por la vía pública dentro de ese perímetro, como sucedía hasta ahora. Sin embargo, no se puede salir de un área afectada a otra. Para garantizar el cumplimiento de esta norma, se solicitará la correspondiente colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de las policías locales. 

¿Me pueden multar?

Sí. La limitación de movilidad es la base del plan anunciado por el Ejecutivo regional, que pretende poner coto a los contagios e impedir que se extienden a otros barrios y localidades. Díaz Ayuso ha anunciado que se va a reforzar la presencia de agentes en las zonas afectadas para evitar "desplazamientos innecesarios". En esta tarea colaborarán efectivos policiales. El Ministerio de Defensa también ha ofrecido su ayuda. La Consejería de Sanidad recuerda que las sanciones aplicables por el incumplimiento de las órdenes y protocolos sanitarios vigentes pueden oscilar entre los 600 y los 600.000 euros.

¿Cómo afectan las restricciones a bares y restaurantes?

En la hostelería se elimina el consumo en barra y se limita el aforo a un 50%. De igual modo, sólo podrá haber seis comensales en cada mesa, en lugar de 10 personas como hasta ahora, y tendrán que cerrar a las 22:00, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.

¿Y a los comercios?

Sobre los aforos en las tiendas, se baja al 50% y su cierre será a las 22:00 horas, a excepción de las farmacias, centros médicos, veterinarios, de combustible y otros considerados esenciales.

¿Se mantienen las clases en academias e instalaciones deportivas?

En lo que se refiere a los centros de enseñanza no reglados, como academias o autoescuelas, el aforo también se reduce al 50% y la actividad presencial se limita a grupos de seis personas máximo y con las oportunas medidas de distancia de seguridad.

Asimismo, podrán utilizarse las instalaciones deportivas, tanto al aire libre como en interior, siempre que no se supere el 50% del aforo y en grupos de máximo 6 personas

¿Y los parques infantiles?

La actividad queda suspendida en los parques infantiles en los jardines de las 37 áreas afectadas. En el resto de zonas de la Comunidad, permanecerán abiertas (hasta nueva orden).

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