El hombre de 54 años detenido como presunto autor del homicidio de un niño de 9 años en Lardero (La Rioja) el pasado jueves, ha pasado este domingo a disposición del Juzgado de Instrucción número 2 de Logroño.

El detenido, quien estaba en libertad condicional desde abril de 2020, ha salido, hacia las 10:25 horas, de las dependencias de la Guardia Civil en Logroño en un coche de la Benemérita, con destino al Palacio de Justicia de La Rioja, que se encuentra a unos 400 metros de distancia, informa Efe.

Este hombre, de 54 años, vecino de Lardero y de nacionalidad española, fue condenado por el asesinato y agresión sexual a una joven agente inmobiliaria, ocurrido en Logroño en 1998, a 20 y 10 años de prisión, respectivamente, condena que cumplía en agosto de 2023.

Además, en julio de 1993 fue condenado a 7 años de cárcel por otra agresión sexual, que quedó extinguida en mayo de 1997.

Disfrutó de 39 permisos

Fuentes penitenciarias han explicado que, entre 2013 y 2020, el arrestado disfrutó de 39 permisos, autorizados por el juez de vigilancia penitenciaria.

En noviembre de 2019, cuando ya había cumplido las tres cuartas partes de la condena, se reunió la Junta de Tratamiento de la cárcel del Dueso (Cantabria) y acordó, con división de opiniones, que continuara en el segundo grado (régimen ordinario).

El interno recurrió esta medida ante Instituciones Penitenciarias y la administración le concedió el tercer grado (régimen abierto) al tener en cuenta que había cumplido las tres cuartas partes de la condena, que en los 39 permisos no se habían registrado incidentes y que el régimen tratamental era positivo.

Tras ello, a este hombre, que fue trasladado a la prisión de Logroño en 2020, se le concedió la libertad condicional en abril de ese año, sin que se opusieran ni la Fiscalía ni el juez.

Según la legislación vigente, un condenado obtiene la libertad condicional a propuesta de la Junta del centro penitenciario y cuando cumple varios requisitos, según explicó ayer el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja.

Entre ellos, figuran haber cumplido las tres cuartas partes de la condena, estar en tercer grado, buena conducta y estar pagando la responsabilidad civil.