El Gobierno ha ampliado el horario en el que las personas de hasta 70 años pueden salir a practicar deporte no profesional en la Fase 2 de modo que estos ciudadanos pueden desarrollar estas actividades al aire libre en cualquier franja horaria a excepción de la comprendida entre las 10:00 horas y las 12:00 horas y entre las 19:00 horas y las 20:00 horas.

Así aparece recogido en una orden del Ministerio del Sanidad publicada esta tarde en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en la que el Ejecutivo de Pedro Sánchez detalla las medidas de la Fase 2 así como la relajación de algunas restricciones en la Fase 1 y en la Fase 0.

En lo que respecta al horario para la realización de actividad física, la orden especifica que la franja horaria entre las 10 y las 12 y las 19 y las 20 están reservadas para el paseo de personas mayores de 70 años,informa Europa Press.

El Gobierno permitirá los entrenamientos y reanudar las competiciones de ligas profesionales

Del mismo modo, y según recoge esta orden, las comunidades autónomas y ciudades autónomas podrán acordar que en su ámbito territorial estas franjas horarias comiencen hasta dos horas antes y terminen hasta dos horas después, siempre y cuando no se incremente la duración total de las mismas.

Asimismo, el Gobierno permitirá reanudar las competiciones de ligas profesionales en la Fase 2, según la nueva Orden de Sanidad, la SND/414/2020.

"Se podrá proceder a la reanudación de la competición profesional siempre y cuando la evolución de la pandemia lo permita. La competición se reanudará sin público y a puerta cerrada. Se permitirá la entrada de medios de comunicación para la retransmisión de la competición", recoge el BOE.

Además, el texto aprobado por el Gobierno indica que "el número de personas que podrán acceder a los estadios y pabellones en los que la competición tenga lugar, por ser necesarias para el adecuado desarrollo de la misma, se determinará por el Consejo Superior de Deportes (CSD) con anterioridad al inicio de la citada competición, siguiendo las recomendaciones sanitarias de higiene y prevención".

Otra cuestión con gran importancia, reflejada en el artículo 40, es que el Gobierno permitirá el "entrenamiento total", es decir, no habrá restricciones para preparar la vuelta a la competición, sobre todo para aquellos deportes colectivos donde es fundamental entrenar en grupo.

Los deportistas podrán utilizar los vestuarios, podrán realizarse reuniones técnicas de trabajo con un máximo de quince participantes y los árbitros también podrán comenzar a usar las instalaciones para su entrenamiento, entre otras cuestiones.

Además, en esta orden se deja la puerta abierta a que los clubes de LaLiga puedan entrenar aunque la Comunidad Autonóma a la que pertenece su equipo no esté en la fase 1, que permite grupos de hasta diez deportistas. De esta forma, Real Madrid, Atlético, Getafe, Leganés, Barcelona y Espanyol podrán mantener el ritmo de entrenamientos que el resto de sus rivales aunque estén una fase atrasados.

Esta disposición se entiende, según el BOE, como una medida de "flexibilización" no solo para el deporte profesional y federado, sino también para otros sectores como el comercio minorista, los servicios sociales, educación y universidades, ciencia e innovación y bibliotecas y museos, entre otros.