La campaña de la Declaración de la Renta y del Impuesto sobre el Patrimonio correspondientes al ejercicio 2025 ya tiene sus fechas confirmadas. La Agencia Tributaria ha establecido un calendario que arranca en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio. Conocer tanto estas fechas como los cambios normativos recientes es esencial para planificar la declaración con tranquilidad y evitar errores que puedan generar sanciones.

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Fechas de la declaración de la Renta

La campaña de la Renta 2025 se desarrollará entre el 8 de abril y el 30 de junio de 2026. Se ofrecen a los contribuyentes varias modalidades de presentación según sus necesidades y preferencias. Cada canal tiene plazos y particularidades específicas, por lo que es importante conocerlos antes de iniciar la declaración.

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  • Presentación por Internet: la vía telemática es la más utilizada y permite realizar la declaración desde Renta WEB o la aplicación móvil oficial. Esta modalidad estará disponible desde el 8 de abril hasta el 30 de junio de 2026. Los contribuyentes pueden modificar los datos fiscales proporcionados por Hacienda y añadir deducciones o correcciones necesarias antes de enviar la declaración. Si el resultado es a pagar con domiciliación bancaria, la fecha límite se adelanta al 25 de junio, garantizando que Hacienda pueda efectuar el cargo correctamente en la cuenta del contribuyente.
  • Presentación telefónica: para quienes necesiten orientación directa pero no puedan acudir a una oficina, la Agencia Tributaria ofrece la opción de confección de la declaración por teléfono. Este servicio estará disponible del 6 de mayo al 30 de junio de 2026, previa solicitud de cita, que puede realizarse desde el 29 de abril hasta el 29 de junio. La atención telefónica permite recibir asistencia de un profesional que guía paso a paso en la declaración. Aclaran dudas sobre deducciones, prestaciones percibidas o situaciones fiscales más complejas.
  • Presentación presencial: la atención en oficinas se llevará a cabo del 1 al 30 de junio de 2026, también con cita previa, que se puede solicitar entre el 29 de mayo y el 29 de junio. Este canal es recomendable para contribuyentes con situaciones especiales, como ingresos de múltiples pagadores, deducciones complicadas o dudas sobre prestaciones y beneficios fiscales. La atención presencial garantiza que cualquier incidencia pueda resolverse de inmediato, asegurando que la declaración se presenta de manera correcta y completa.

Cómo solicitar cita previa

Para quienes opten por la atención telefónica o presencial, es obligatorio solicitar cita previa para ser atendido por la Agencia Tributaria. Las citas se pueden solicitar de forma online en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria o llamando a los números oficiales:

  • Teléfono automático: 91 535 73 26 / 901 12 12 24
  • Servicio de cita para Renta: 91 553 00 71 / 901 22 33 44

Solicitar la cita con antelación garantiza poder elegir el horario más conveniente y evita retrasos en la atención.

Obligación de declarar y fecha límite

La fecha límite para presentar la declaración de la Renta 2025 por cualquier vía es el 30 de junio de 2026, excepto cuando el resultado sea a ingresar con domiciliación bancaria, en cuyo caso el plazo termina el 25 de junio, tal y como se ha indicado anteriormente. Presentar la declaración fuera de plazo puede implicar recargos o sanciones.

No todos los contribuyentes están obligados a declarar. Deben hacerlo quienes hayan obtenido rentas superiores a 22.000 euros con un solo pagador, los autónomos y aquellos que hayan percibido prestaciones por desempleo u otros ingresos sujetos a IRPF. También hay situaciones especiales, como contribuyentes con múltiples pagadores, herencias, donaciones o venta de inmuebles, donde puede variar la obligación de presentar la declaración. Conviene revisar cada caso individualmente para evitar sorpresas.

Novedades de este año

Esta campaña mantiene ciertos incentivos fiscales que pueden influir en el resultado de la declaración, como deducciones por eficiencia energética, adquisición de vehículos eléctricos o beneficios autonómicos específicos. También se han ajustado los límites y criterios de obligación de declarar, lo que puede afectar a contribuyentes que antes no estaban obligados o exentos.

Una de las novedades más relevantes es la actualización de los modelos informativos sobre pagos con tarjeta y sistemas electrónicos, incluidos Bizum. Desde el 1 de enero de 2026 se elimina el umbral de 3.000 euros que limitaba la obligación de informar sobre estos cobros, permitiendo que Hacienda supervise la mayoría de las operaciones entre profesionales. Esta medida no modifica directamente el IRPF, pero ayuda a reducir errores u omisiones.

Sigue siendo importante revisar otras deducciones generales, como maternidad, inversión en vivienda habitual o rendimientos de actividades económicas. En términos generales, esta campaña supone un mayor control y cruce de datos, pero también aporta más claridad normativa para colectivos sensibles, facilitando que la declaración se presente de manera correcta y completa.

Por último, conviene recordar que las devoluciones se realizan generalmente por domiciliación bancaria y que los pagos a Hacienda pueden fraccionarse en varios plazos, lo que puede ser útil para quienes tengan que abonar cantidades importantes.

Consejos prácticos para presentar la declaración

Planificar la declaración con antelación facilita todo el proceso. Reunir documentación, revisar los datos fiscales que Hacienda tiene cargados y solicitar cita previa a tiempo si se opta por atención telefónica o presencial permite evitar retrasos. Para quienes esperan devolución, activar la domiciliación bancaria garantiza que se reciba la cantidad correspondiente de manera rápida y segura. Revisar deducciones aplicables, como vivienda, educación, eficiencia energética o movilidad sostenible, puede modificar el resultado final de la declaración.