Los efectos que va a generar el Covid-19 en la economía y en las empresas son todavía incalculables. Nos enfrentamos a un futuro plagado de incertidumbre, no sólo desde el punto de vista sanitario sino también social, político y económico.

Desde el inicio de esta crisis, las empresas han llevado a cabo toda una serie de medidas para limitar el impacto que la pandemia está causando en su organización. Ajustes de plantilla, económico-financieros, de organización… son sólo algunas acciones que las compañías han puesto sobre la mesa.

ERTEs: novedades y dudas sin resolver entre los empresarios

Tras las medidas aprobadas por el Gobierno sobre la prolongación de los ERTEs hasta el 30 de junio, son muchas las dudas que han surgido entre las empresas sobre cómo afectan dichas medidas frente las que ya han adoptado anteriormente y qué alternativas tienen las compañías tras la nueva regulación. La realización de un nuevo ERTE habiendo acometido uno con anterioridad, la exigencia de mantenimiento del empleo o la bonificación de las cuotas a la Seguridad Social, son cuestiones sobre las que las empresas deben prestar atención.

La importancia de elaborar un plan de acción económico-financiero

Ante los graves efectos que está generando el coronavirus en la marcha de la economía y en las empresas, muchas de estas se hacen las mismas preguntas: ¿cómo afecta la coyuntura actual a mi sector y a mi empresa? ¿está preparada mi compañía para enfrentarse a una reducción de ventas, un aumento de la morosidad y una disminución de la liquidez? ¿cómo debo elaborar un análisis económico y un plan de tesorería?

En este sentido, las compañías deben conocer determinados aspectos económico-financieros para limitar los efectos que el Covid-19 está causando y cómo puede afrontar una mejor gestión de la misma ante esta situación.

Protección del patrimonio desde el punto de vista fiscal

Desde el punto de vista tributario, las empresas deben estudiar la posibilidad de aplazamiento excepcional del Covid-19, fraccionamientos o aplazamientos ordinarios y renegociación de fraccionamientos o aplazamientos concedidos de deudas tributarias, así como la estimación de los próximos impuestos a pagar teniendo en especial consideración los beneficios fiscales, diferimientos de tributación y medidas de optimización fiscal que pudieran resultar aplicables en tributos estatales, autonómicos y locales.

Por otro lado, deberán valorar las consecuencias fiscales de las medidas adoptadas frente al Covid-19 en otros ámbitos jurídicos como, por ejemplo: modificación del importe o plazos de los arrendamientos; cambios en el tipo de retención por ERTEs; acreditación de exención de la indemnización por despido improcedente ante la imposibilidad de acudir a conciliación; tributación de la indemnización por suspensión de contratos administrativos; etc.

Atención a los contratos: revisión y negociación

Ante el previsible incumplimiento de los contratos, la anticipación y proactividad de las empresas para hacer viable el cumplimiento de las obligaciones es fundamental para garantizar la continuidad de la relación contractual. En este sentido, como primer paso, es recomendable que las compañías acudan a la negociación entre las partes al objeto de renegociar aquellas condiciones que permitan reestablecer la equivalencia o proporción entre las prestaciones de ambas, tales como las condiciones de pago, el plazo del cumplimiento de las obligaciones, o el precio o el importe de la renta.

Reequilibrio económico de concesiones administrativas y suspensión de contratos públicos

En el ámbito de la contratación pública, y dentro del marco jurídico de excepcionalidad provocado por el Covid-19, resulta necesario para las empresas determinar las consecuencias económicas que para un contratista, adjudicatario de un contrato administrativo, va a tener la suspensión “de facto” del contrato administrativo suscrito, daños y perjuicios que provocan la ruptura del equilibrio económico del contrato, y que no tiene encaje dentro del principio de riesgo y ventura, asumido legal y contractualmente por el contratista.


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